Concesiones para la explotación del dominio público portuario en puertos gestionados directamente por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (código 557) (SIA 206786)

Información Básica

Objeto:

Procedimiento encaminado a la obtención del título que autoriza para llevar a cabo en el dominio público portuario actividades, instalaciones y construcciones ajustadas al destino propio del mismo y compatibles con él, requiriendo obras o instalaciones fijas. Habilitación para instalar y explotar las infraestructuras como son los puertos, sus zonas de servicio y zonas de instalaciones náutico deportivas.

 

 

Información de Interés

En la zona de servicio de los puertos, de las zonas portuarias de uso náutico-deportivo e instalaciones náutico-deportivas pueden llevarse a cabo actividades, instalaciones y construcciones ajustadas al destino propio de cada zona, como por ejemplo comerciales, culturales, deportivas, lúdicas y recreativas vinculadas con la actividad portuaria o marítima que favorezcan el equilibrio económico y social de los puertos, zonas portuarias de uso náutico-deportivo e instalaciones náutico-deportivas.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

El plazo para interponer recurso será de 1 mes si el acto que se recurre fuera expreso o bien si el acto a recurrir fuese presunto, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

0El plazo a partir del cual el interesado puede considerar desestimada una solicitud es el de 3 meses, por lo que este es el plazo a tener en cuenta en los actos presuntos.(Artículo 21 de la Ley 39/2015)

En ell recurso contencioso administrativo el plazo es de dos meses, si el acto fuera expreso, si no lo fuera, será de seis meses a partir del moento en que se produzcan  los efectos del silencio administrativo.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE LITORAL Y PUERTOS (A14046252)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Proyecto o memoria, según proceda, suscrito por técnico competente.

Memoria presupuesto.

Justificante de depósito de Fianza

Requisitos posteriores

La ocupación o aprovechamiento del dominio público portuario en virtud de una concesión, devengará el correspondiente canon a favor de la Administración regional.

Están obligados al pago del canon, en la cuantía y condiciones que se determinan en la ley 3/1996 los titulares de las concesiones.

El canon tiene naturaleza tributaria y será objeto de liquidación, en su caso por la administración regional, una vez concedida la concesión solicitada.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Concesiones para la explotación del dominio público portuario
  • Proyecto Técnico
    (Obligatorio / No original)
    El proyecto incluirá:-La descripción de la actividad.-La extensión de la zonade dominio público marítimo-terrestre o portuario a ocupar.-Las características de las obras e instalaciones.-El presupuesto estimado.
  • Memoria
    (Obligatorio / No original)
    Estudio económico-financiero que contendrá los costes de construcción y explotación, incluidos los gastos financieros, el porcentaje de amortización de los activos y el beneficio neto empresarial, antes de impuestos, para cada año de la concesión o autorización; y el detalle de las tarifas o precios máximos a cobrar alos usuarios de los diferentes servicios, así como su forma de actualización o revisión.En las solicitudes de autorización de ocupación de dominio público portuario de temporada, con plazo inferior al año, la memoria económica-financierapodrá limitarse al siguiente contenido: -Relación pormenorizada de todos los costes e ingresos estimados de la actividad a desarrolla. -Beneficio neto estimado, antes de impuestos, para el periodo de la autorización. -Costede la inversión a realizar.
  • Proyecto o memoria, según proceda, suscrito por técnico competente
    (No obligatorio / No original)
    El proyecto incluirá:-La descripción de la actividad.-La extensión de la zonade dominio público marítimo-terrestre o portuario a ocupar.-Las características de las obras e instalaciones.-El presupuesto estimado.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 8 Mes/es

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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