Proyectos Educación para la Salud. (código 2612) (SIA 1161337)

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Información Básica

Objeto:

La presente Resolución tiene por objeto regular el procedimiento y aprobar la convocatoria de proyectos de educación para la salud dirigidos a

A. Alimentación y nutrición, actividad física y ejercicio. Ocio activo.
B. Buen uso de las TIC: uso de redes sociales, estilos de vida saludable en una sociedad digital, buenas prácticas y recomendaciones. Ocio saludable.
C. Otros estilos de vida: medioambiente, educación emocional, educación afectivo-sexual, autocuidados y accidentalidad, prevención de consumo de sustancias adictivas, etc. Los contenidos seleccionados en este apartado C deben ser claramente justificados en el proyecto como una necesidad identificada por el centro en el análisis de situación (anexo III de esta convocatoria).

Información de Interés

Objeto y temática.

La presente Resolución tiene por objeto regular el procedimiento y aprobar la convocatoria de “proyectos de promoción y educación para la salud en el entorno escolar”, para el curso 2023/2024.

Para esta convocatoria se proponen tres líneas de intervención:

  1. Alimentación y nutrición, actividad física y ejercicio. Ocio activo.
  2. Buen uso de las TIC: uso de redes sociales, estilos de vida saludable en una sociedad digital, buenas prácticas y recomendaciones. Ocio saludable.
  3. Otros estilos de vida: medioambiente, educación emocional, educación afectivo-sexual, autocuidados y accidentalidad, prevención de consumo de sustancias adictivas, etc. Los contenidos seleccionados en este apartado C deben ser claramente justificados en el proyecto como una necesidad identificada por el centro en el análisis de situación (anexo III de esta convocatoria)

Presentación y tramitación de las Solicitudes.

1. Cada centro educativo podrá presentar una única solicitud que será formulada por el director del centro, de acuerdo con el modelo recogido en el Anexo I de esta resolución disponible en la Sede Electrónica de la CARM. En el caso que el centro presente más de una solicitud solo se tendrá en cuenta la última presentada.

2. La solicitud la presentará el director del centro a través del trámite en línea habilitado en la Sede Electrónica de la CARM https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=40288&IDTIPO=100&RASTRO=c$m. Para ello, introducirá en el buscador del Registro y Guía de Procedimientos y Servicios el procedimiento de este programa (2612), que será firmado con su certificado digital una vez cumplimentado.

3. Debe asegurarse que se indica correctamente el correo electrónico para recibir los avisos de las actuaciones y resoluciones-notificaciones que respecto de este procedimiento se pudieran realizar.

4. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo.

La documentación precisa para participar en esta convocatoria, que deberá adjuntarse en la solicitud en formato electrónico, será la siguiente:

  • Proyecto de participación, conforme a los apartados del Anexo III. El proyecto tendrá una extensión de 10 páginas (incluida portada e índice), en formato DIN-A4, orientación vertical, con letra Arial tamaño 11 puntos, espaciado 1,5. No se valorará ningún anexo diferente a los que figuran en esta convocatoria. La no presentación del proyecto será causa de exclusión
  • Certificado de la Dirección por el que se acredita la aprobación por mayoría simple de participación en el proyecto por parte del Claustro de profesores y del Consejo Escolar, conforme al Anexo II.

 Comisión de Selección.

La Comisión de Selección tendrá la siguiente composición:

a) Presidente: la directora general de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación o persona en quien delegue.

b) Vocales: dos funcionarios de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo y dos funcionarios de la Consejería de Salud que, preferiblemente, formen parte de la Comisión de Coordinación en materia de Educación para la Salud en Centros Docentes no universitarios, uno de los cuales actuará como secretario.

La Comisión de Selección, que podrá recabar cuantas informaciones y documentación adicional estime necesaria, elevará el correspondiente informe, conteniendo la relación ordenada de centros participantes y la puntuación obtenida, al órgano instructor que, a la vista del mismo, formulará la correspondiente Propuesta de Resolución.

 Procedimiento de selección y criterios de valoración.

La puntuación máxima de los proyectos es de 60 puntos. La puntuación mínima necesaria para ser seleccionado es de 30 puntos.

La selección de los centros admitidos se establecerá en función de la puntuación obtenida por cada centro según los criterios de valoración indicados en este apartado.

Con la finalidad de resolver cualquier posible empate de puntuación entre los proyectos presentados, el día de la constitución de la comisión de selección, se realizará un sorteo entre todos los códigos de centros que han presentado solicitud para seleccionar el código de centro de desempate. Para el desempate se tendrá en cuenta, de forma ascendente, desde el código de centro resultante en el sorteo.

Los centros participantes serán seleccionados a partir de los siguientes criterios de valoración:

Calidad del proyecto (hasta 35 puntos):

  1. Originalidad y novedad del proyecto. (de 0 a 5 puntos).
  2. Justificación y análisis de situación. Relación entre las necesidades pedagógicas detectadas y el proyecto propuesto (de 0 a 5 puntos).
  3. Objetivos del proyecto. Calidad y adaptación de los objetivos del proyecto a la convocatoria. Objetivos específicos, medibles, alcanzables, relevantes y con temporalización. (de 0 a 5 puntos).
  4. Metodología y Actividades. Viables, sostenibles, relacionadas con los objetivos, adecuadas a la etapa educativa, originales, que promuevan la participación del alumnado, etc. (de 0 a 5 puntos).
  5. Temporalización /Cronograma de la implementación.  Calendario de desarrollo y de implantación del proyecto alcanzable y coherente  (de 0 a 5 puntos).
  6. Evaluación. Se indica el proceso de evaluación previsto (métodos de evaluación, instrumentos para la recogida de la información, indicadores de evaluación, participantes, etc.) (de 0 a 5 puntos).
  7. Elaboración de nuevos productos e impacto del proyecto. El proyecto recoge la elaboración de nuevos productos: unidades didácticas, materiales, etc. El proyecto detalla cómo contribuirá a la mejora de la EpS en el centro y su impacto positivo en los distintos miembros de la comunidad educativa. (de 0 a 3 puntos).
  8. Presupuesto. Claro y detallado, justificado y acorde a los requisitos de la convocatoria. (de 0 a 2 puntos).

Enfoque de equidad y promoción de la salud (hasta 10 puntos)

  1. Grado de implicación del alumnado en el desarrollo del proyecto, especificando en que participan o colaboran (de 0 a 2 puntos).
  2. Grado de implicación de las familias en el desarrollo del proyecto, especificando en que participan o colaboran (de 0 a 2 puntos).
  3. Implicación y distribución de tareas del profesorado participante (de 0 a 2 puntos).
  4. Adecuación del proyecto a aspectos de género en la redacción, objetivos, actividades, etc. (de 0 a 2 puntos).
  5. Adecuación del proyecto a valores culturales del alumnado y sus familias: cultura, lenguaje, nivel educativo, etc. (de 0 a 2 puntos)

Trayectoria del centro en el desarrollo de programas de Promoción y Educación para la Salud (hasta 15 puntos)

La puntuación máxima de los proyectos es de 60 puntos. La puntuación mínima necesaria para ser seleccionado es de 30 puntos.

La selección de los centros admitidos se establecerá en función de la puntuación obtenida por cada centro según los criterios de valoración indicados en este apartado.

Con la finalidad de resolver cualquier posible empate de puntuación entre los proyectos presentados, el día de la constitución de la comisión de selección, se realizará un sorteo entre todos los códigos de centros que han presentado solicitud para seleccionar el código de centro de desempate. Para el desempate se tendrá en cuenta, de forma ascendente, desde el código de centro resultante en el sorteo.

Los centros participantes serán seleccionados a partir de los siguientes criterios de valoración:

Calidad del proyecto (hasta 45 puntos):

  1. Claridad, concreción en la redacción y coherencia (de 0 a 3 puntos).
  2. Equipo de Educación para la Salud del centro (de 0 a 3 puntos): miembros que forman el equipo, roles, funciones de cada uno de ellos y sectores de participación a los que pertenecen.
  3. Investigación y Análisis de situación inicial* (de 0 a 6 puntos): Información sobre la situación del centro en materia de promoción y educación para la salud (equipo de EpS en el centro participación, situación social y/o cultural, necesidades detectadas, activos de salud, propuestas de mejora, etc.)
  4. Justificación* (de 0 a 3 puntos): Relación entre las necesidades pedagógicas detectadas y el proyecto.
  5. Objetivos del proyecto* (de 0 a 6 puntos): Calidad y adaptación de los objetivos del proyecto a la convocatoria. Objetivos específicos (a corto y medio plazo). Características de los objetivos: medibles, alcanzables, relevantes y con temporalización.
  6. Metodología: y Actividades (de 0 a 6 puntos): Viables, sostenibles, relacionadas con los objetivos, adecuadas a la etapa educativa, originales, que promuevan la participación del alumnado, etc.
  7. Temporalización /Cronograma de la implementación* (de 0 a 4 puntos): Calendario de desarrollo y de implantación del proyecto, alcanzable y coherente
  8. Evaluación* (de 0 a 6 puntos): Se indica el proceso de evaluación previsto (métodos de evaluación, instrumentos para la recogida de la información, indicadores de evaluación, participantes, etc.)
  9. Elaboración de nuevos productos (de 0 a 3 puntos): El proyecto propone la elaboración de nuevos productos: unidades didácticas, materiales, etc.
  10. Técnicas e instrumentos para la comunicación y difusión del proyecto (de 0 a 3 puntos): El proyecto establece en el plan de actuación las técnicas e instrumentos que se utilizaran para garantizar la coordinación, la comunicación y la difusión entre los profesionales del centro participantes, otros profesionales de diferentes ámbitos (enfermera escolar, ayuntamiento, etc.), la comunidad educativa, etc. Se indicará con detalle los enlaces a webs, blogs, RRSS, etc.
  11. Presupuesto (de 0 a 2 puntos): Claro, justificado y acorde a los requisitos de la convocatoria

(*) Los apartados Investigación y análisis de situación, justificación, objetivos, temporalización/cronograma de actuación y evaluación son de obligada cumplimentación.

Enfoque de equidad y promoción de la salud (hasta 10 puntos)

  1. Enfoque comunitario: participación de la enfermera comunitaria escolar y/o equipo de atención primaria, ayuntamiento, otras instituciones (nombrar). Indicar quien y en que participan o colaboran. Temporalización (de 0 a 2 puntos).
  2. Grado de implicación del alumnado en el desarrollo del proyecto, especificando en que participan o colaboran (de 0 a 2 puntos).
  3. Grado de implicación de las familias en el desarrollo del proyecto, especificando en que participan o colaboran (de 0 a 2 puntos).
  4. Adecuación del proyecto a aspectos de género en la redacción, objetivos, actividades, etc. (de 0 a 2 puntos).
  5. Adecuación del proyecto a valores culturales del alumnado y sus familias: cultura, lenguaje, nivel educativo, etc. (de 0 a 2 puntos)

Trayectoria del centro en el desarrollo de programas de Promoción y Educación para la Salud (hasta 5 puntos)

  1. Adscripción al Plan de Educación para la Salud en la Escuela en el momento de la publicación de esta convocatoria (se valorará la antigüedad y continuidad en el mismo hasta 3 puntos).
  2. Centro seleccionado en la anterior convocatoria de Proyectos de Educación para la Salud en la Escuela (1 punto).
  3. Pertenecer a la Red de Experiencias de Educación para la Salud en la Escuela (en el momento de la publicación de esta convocatoria) (0,5 punto).
  4. Haber obtenido el distintivo de calidad “Sello Vida Saludable” (0,5 punto).

Sexto. Órganos competentes para la Instrucción y Resolución.

Corresponde al jefe de servicio de Programas Educativos la instrucción del procedimiento.

La resolución del procedimiento corresponde a la directora general de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación.

Órganos competentes para la Instrucción y Resolución.

Corresponde al jefe de servicio de Programas Educativos la instrucción del procedimiento.

La resolución del procedimiento corresponde  a la directora general de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación.

 Tramitación del procedimiento.

Finalizado el plazo de presentación y analizadas las solicitudes y la documentación presentada, si se observara que existen defectos formales u omisión de algunos documentos exigidos, el órgano instructor requerirá al solicitante para que, en el plazo de 10 días naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se constituirá la Comisión de selección prevista en el apartado cuarto, que se reunirá al efecto para analizar y valorar los proyectos, conforme a los criterios de baremación establecidos en la presente Resolución y elaborará un informe que contendrá el listado de centros seleccionados y no seleccionados, ordenados de mayor a menor puntuación, y en su caso, el listado de centros excluidos, indicando las causas de exclusión.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de selección, formulará la Propuesta de Resolución provisional de proyectos seleccionados y no seleccionados, con indicación de su puntuación de baremo, y en su caso, de proyectos excluidos, que se publicará en el Tablón de anuncios (www.educarm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica) de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo concediendo un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones, de lo que se informará a los centros interesados.

Examinadas las alegaciones presentadas por los interesados, el órgano instructor, previo informe en su caso de la Comisión de selección, formulará la Propuesta de Resolución definitiva que contendrá la relación de proyectos seleccionados con la puntuación obtenida y la cantidad económica concedida, los centros no seleccionados y en su caso, los excluidos.

La directora general de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación emitirá la Resolución del procedimiento, que se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo informando a los centros participantes.

El plazo máximo para dictar y notificar dicha Resolución definitiva será de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas.

Contra la Resolución del procedimiento se podrá interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo en el plazo de un mes desde su publicación.

 Cuantía y financiación.

Los proyectos seleccionados se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 15.05.00.422I.270.00 del Servicio de Programas Educativos de la Dirección General de ; por un importe global de 50.000,00 €.

El importe de la dotación económica concedido a cada proyecto se realizará distribuyendo de forma lineal a cada proyecto, en función del presupuesto total y de la puntuación obtenida por cada proyecto, una vez aplicados los criterios de selección recogidos en el apartado quinto de esta resolución. Se establece un presupuesto máximo por proyecto de 1.000€.

 Pago y justificación.

Los centros seleccionados recibirán la cantidad concedida en concepto de gastos de funcionamiento para el desarrollo del proyecto presentado. Por tanto, el destino de esta cantidad y su justificación será exclusivamente de gastos de funcionamiento del proyecto y no de materiales inventariables.

Dichos centros deberán enviar la justificación económica, como máximo hasta el 30 de junio 2024, por Cominter a la Consejería de Educación, Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, Servicio de Programas Educativos, con la siguiente documentación:

  1. Certificación del Secretario del centro educativo de haber destinado al proyecto el importe de la cantidad concedida con la relación de facturas, según modelo Anexo IV.
  2. Facturas justificativas del gasto realizado en el proyecto, con el visto bueno del director/a del centro educativo, así como los documentos justificativos del pago.

Seguimiento y evaluación del proyecto.

Los centros seleccionados llevarán a cabo su proyecto a lo largo del curso 2023-2024.

Deberán enviar al correo de programas.educativos@murciaeduca.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica el material complementario elaborado y/o adaptado antes del 31 de julio de 2024. No obstante, podrá entregarse tan pronto como esté disponible. Se deberá detallar su utilidad y aplicabilidad al aula, indicando qué mejoras va a aportar dicho material al proceso de enseñanza-aprendizaje.

Con la finalidad de verificar el logro de los objetivos propuestos, los centros seleccionados incluirán en la Memoria Anual del Centro la evaluación del Proyecto, teniendo en cuenta indicadores de contexto, proceso, resultados y grado de satisfacción de los participantes y destinatarios. Deberán enviar sus memorias al correo de programas.educativos@murciaeduca.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica antes del 31 de julio de 2024.

 Publicidad.

En las publicaciones y material que se elabore, se incluirán los símbolos y logotipo de la Comunidad Autónoma Región de Murcia (Consejería de Salud y Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo), así como el logotipo del Plan de Educación para la Salud en la Escuela.

Si en el desarrollo del proyecto se elaboraran materiales educativos complementarios, la propiedad de estos materiales corresponderá al Plan de Educación para la Salud en la Escuela, conjunto de las Consejerías de Salud y de Educación, Formación Profesional y Empleo, para su utilización y posible publicación por el Centro de Recursos de Promoción y Educación para la Salud y la Red de Experiencias de Educación para la Salud en la Escuela de la Región de Murcia.

Destinatarios:

Administración.

Podrán concurrir a la presente convocatoria los centros docentes no universitarios de titularidad pública de la Región de Murcia, que impartan Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Educación Especial, Educación de Adultos y Ciclos de Formación Profesional Básica.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a plazos

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Podrán concurrir a la presente convocatoria los centros docentes no universitarios de titularidad pública de la Región de Murcia, que impartan Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Educación Especial, Educación de Adultos y Ciclos de Formación Profesional Básica.

Requisitos posteriores

Pago y justificación.

Los centros seleccionados recibirán la cantidad concedida en concepto de gastos de funcionamiento para el desarrollo del proyecto presentado. Por tanto, el destino de esta cantidad y su justificación será exclusivamente de gastos de funcionamiento del proyecto y no de materiales inventariables.

Dichos centros deberán enviar la justificación económica, como máximo hasta el 30 de junio 2024, por Cominter a la Consejería de Educación, Formación Porfesional y Empleo,  Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, Servicio de Programas Educativos, con la siguiente documentación:

  1. Certificación del Secretario del centro educativo de haber destinado al proyecto el importe de la cantidad concedida con la relación de facturas, según modelo Anexo IV.
  2. Facturas justificativas del gasto realizado en el proyecto, con el visto bueno del director/a del centro educativo, así como los documentos justificativos del pago.

Documentos a aportar junto con la solicitud

SOLICITUD. Proyectos Educación para la Salud
  • Proyecto
    (Obligatorio / No original)
    Proyecto para el que se solicita la dotación, ajustado al guion del Anexo III.
  • Certificación
    (Obligatorio / No original)
    Certificación del secretario/a del centro en la que conste la aprobación del Claustro de Profesores, y que ha sido informado el Consejo Escolar. (Anexo II)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • SOLICITUD. Proyectos Educación para la Salud   [Fuera de plazo: 18-10-2023 – 02-11-2023]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO
Información adicional sobre recursos
Recurso de alzada: Código de procedimiento 1495Enlace directo: https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1495&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia