Ayudas para víctimas de violencia de género empleadas públicas de la Administración Regional (código 2531) (SIA 687704)

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Información Básica

Objeto:

Establecer las medidas necesarias para la prevención y actuación en casos de violencia de género de las empleadas públicas al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia, con el fin de ofrecer el apoyo necesario para hacer efectiva su protección y derecho a la asistencia social integral en el trabajo de conformidad con la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

 

Información de Interés

Entre las medidas a las que tienen derecho se encuentran:

  • A una prestación de Acción Social de carácter excepcional de pago único, así como a la obtención, con carácter preferente, de anticipos reintegrables sobre sus retribuciones.
  • Al apoyo psicológico y orientación jurídica necesarios.
  • Las solicitudes electrónicas deben adjuntar el Anexo denominado "Solicitud" que aparece en la pestaña de Documentación, relleno y firmado electrónicamente.
  • Las solicitudes del personal de Administración General deben dirigirse a la Dirección General de Función Pública.
  • Las solicitudes del personal docente de la Consejería de Educación y Cultura deben dirigirse a la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos.

Destinatarios:

Administración.

Será de aplicación a las empleadas públicas víctimas de violencia de género en el ámbito de la Administración Pública de la Región de Murcia incluido el personal docente y el del Servicio Murciano de Salud.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Potestativo de Reposición: En el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación.

Contencioso-Administrativo: En el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

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Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

La situación de víctima de violencia de género se acreditará mediante alguno de los siguientes medios:

a) Resolución judicial otorgando la Orden de Protección a favor de la víctima.

b) Sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en que el órgano judicial estime, aun indiciariamente su existencia.

c) Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.

d) Con carácter excepcional, en el caso de que la empleada pública no tenga ninguno de los documentos señalados en las letras anteriores, ya no estén en vigor las medidas judiciales, o todavía no haya recaído resolución judicial y siga en situación de violencia de género, el órgano competente en materia de violencia de género de la Administración Regional, previa derivación al Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género (CAVI), emitirá la acreditación correspondiente.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Ayudas para víctimas de violencia de género empleadas públicas de la Administración Regional
  • Declaración responsable de ingresos
    (No obligatorio / Original)
    Acreditación documental de insuficiencia de ingresos (sólo para la Ayuda de carácter excepcional por bajos ingresos) (Declaración responsable que incluya declaración de IRPF, préstamos, hipotecas, gastos extraordinarios, etc. que pongan de manifiesto los bajos ingresos).
  • Certificación
    (No obligatorio / Original)
    La situación de víctima de violencia de género se acreditará mediante alguno delos siguientes medios:a) Resolución judicial otorgando la Orden de Proteccióna favor de la víctima.b) Sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en que el órgano judicial estime, aun indiciariamentesu existencia.c) Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.d) Con carácter excepcional, en el caso de que la empleada pública no tenga ninguno de los documentos señalados en las letras anteriores, ya no estén en vigor las medidas judiciales, o todavía no haya recaído resolución judicial y siga en situación de violencia de género, el órgano competente en materia de violencia de género de la Administración Regional, previa derivación al Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género (CAVI), emitirá la acreditación correspondiente.
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Debe cumplimentar y adjuntar la solicitud anexa al procedimiento.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Recurso de reposición previo al contencioso administrativo DIRECTOR/A GENERAL FUNCION PUBLICA Y DIALOGO SOC.
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

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