Ayudas para incentivar la contratación de servicios de innovación por PYMES regionales cofinanciadas por FEDER (CHEQUES) (código 2514) (SIA 375906)

Información Básica

Objeto:

Programa de ayudas con el que se pretende fomentar la contratación de determinados servicios de innovación prestados por proveedores acreditados con el objetivo de mejorar la productividad y competitividad de las empresas mediante la aplicación de conocimientos y nuevas técnicas en el ámbito de la innovación empresarial.

Se establece, asimismo, el procedimiento de adhesión de los proveedores que finalizará, en su caso, en acreditación de la entidad proveedora y del personal competente de la misma para prestar dichos servicios.

 

 

 

Información de Interés

Ayuda: Según modificación de las Bases Reguladoras mediante Orden de 10 de marzo de 2020 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía, la cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario no podrá exceder de 15.000 euros con cargo a cada convocatoria, y la intensidad máxima de la subvención no podrá ser superior al 75% en términos de subvención bruta sobre un gasto subvencionable máximo de 20.000 euros. Ayuda con carácter de mínimis.

Costes subvencionables: Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos del programa, contratados en su totalidad a proveedores acreditados por el Instituto de Fomento para la prestación de servicios de Innovación. Gastos de certificación en normas de calidad o similares de amplio reconocimiento cuando, para el servicio solicitado, así se establezca en la convocatoria.

Los servicios subvencionables mediante Cheque de Innovación estarán clasificados en las siguientes Categorías:

A. Servicios de Innovación en Gestión y Organización

B. Servicios de Capacitación para la Innovación

C. Servicios de Innovación Tecnológica

D. Servicios Fiscales y Legales relacionados con la innovación

E. Servicios TIC ("Cheque TIC")

F. Servicios de Diseño ("Cheque Diseño")

G. Otros Servicios de Innovación

Los servicios apoyados, sus características, requisitos particulares en función de su naturaleza y el crédito máximo disponible para cada servicio se establecerán en cada convocatoria y podrán ser consultados, junto con el correspondiente formulario de solicitud, en la Sede Electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, en los siguientes enlaces:

Cheque TIC Convocatoria septiembre 2021 Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Cheque INNOVACIÓN Convocatoria septiembre 2021Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

PYMES de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca y acuicultura, a la producción primaria de los productos agrícolas, y la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera concedida a empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte por mercancías por carretera, en los términos previsto en el Programa anexo a la Orden de 10 de enero de 2017 por la que se aprueban las Bases reguladoras del Instituto de Fomento de la Región de Murcia para incentivar la contratación de servicios de innovación por las Pymes regionales (Cheque Innovación) modificadas por Orden de 10 de marzo de 2020 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía.Sin perjuicio de lo anterior, y en función de la naturaleza de cada servicio subvencionado, la Orden reguladora de bases y la convocatoria podrán establecer otros requisitos adicionales para la obtención de la condición de beneficiario relativos al sector de actividad, el número de empleados o la cifra de negocio.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14036708)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

El proyecto objeto de la subvención no puede estar iniciado antes de la fecha de presentación de la solicitud.

El beneficiario debe realizar una aportación mínima del 25% del importe del servicio, destinada a la financiación del proyecto, mediante recursos no subvencionados

El proveedor de los servicios debe estar acreditado por el Instituto de Fomento.

La actividad objeto del proyecto debe estar localizada en la Comunidad Autónoma de Murcia.

Documentos a aportar junto con la solicitud

  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Dónde y Cómo tramitar

No existen datos para este epígrafe

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia