Al Servicio de Coordinación de Oficinas Comarcales Agrarias le corresponde el ejercicio de las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las oficinas comarcales agrarias, orgánicamente adscritas a la Secretaría General, y funcionalmente dependientes de las Direcciones Generales, en las materias propias de sus respectivas competencias.
Asimismo, ejercerá las funciones de información y asistencia a los ciudadanos, divulgación de la innovación tecnológica, la formación de los agricultores en colaboración con el Servicio de Formación y Transferencia Tecnológica, capacitación de los profesionales del sector, evaluación de daños por inclemencias meteorológicas, la tramitación de expedientes y la promoción, gestión e inspección de ayudas y subvenciones en las materias propias de la Consejería y suministro de datos e información a los centros directivos de la misma, así como cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de su competencias.