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Contratación Pública
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Si una modificación de contrato tiene carácter sustancial no será posible llevarla a cabo aun cuando responda a circunstancias sobrevenidas. Resolución 27/2020, Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales(Documento [.pdf] 266,02 KB)
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Junta Consultiva de Contratación Pública de Canarias: Informe 1/2009, de 26 de febrero, sobre la modalidad de contrato aplicable a los servicios de mantenimiento y conservación de mobiliario urbano(Documento [.pdf] 389,85 KB)
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Junta Consultiva de Contratación Pública de Canarias: Informe 1/2016, de 16 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa relativo a la cesión del contrato entre empresas miembros de un U.T.E(Documento [.pdf] 206,91 KB)
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Junta Consultiva de Contratación Pública de Canarias: Informe 5 /2018 sobre los miembros de las mesas de contratación(Documento [.pdf] 378,52 KB)
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Consejo Consultivo de Castilla y León: Dictamen 153/2024. Irregular constitución de la Mesa de contratación de la subasta. Concurre la causa de nulidad prevista en el artículo 47.1.e) de la LPAC.(Documento [.pdf] 0,64 MB)
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El blog de ESPUBLICO publica la siguiente entrada de Jaime Pintos Santiago y María Dolores Fernández Uceda: Los encargos a medios propios personificados no son externalización de servicios sino autoprovisión de servicios sin acudir al mercado.(Documento [.pdf] 447,55 KB)
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Consejo Consultivo de Castilla y León: Dictamen 218/2021. Este Consejo Consultivo no puede pronunciarse sobre meras presunciones, especular sobre cuál es el objeto de la consulta ni realizar un examen abstracto sobre la legalidad del expediente remitido.(Documento [.pdf] 0,65 MB)
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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía: Resolución 478/2024 Criterio de adjudicación de evaluación automática: mejora consistente en retribución mensual a cada trabajador adscrito a la ejecución del contrato. La justificación que consta en el expediente no es suficiente ni puede tenerse por válida. Se desconoce en qué modo el criterio impugnado mejora la ejecución de la prestación e incluso si más que un criterio de adjudicación debiera ser una obligación del contratista(Documento [.pdf] 420,01 KB)
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Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales: 0177/2025. Fecha Resolución: 7/2/2025. Descripción: Recurso contra pliegos en contrato de servicios, LCSP. Estimación parcial. Incorrecta calificación del contrato no subsanable como mero error material. Errónea determinación del CPV cuya rectificación no puede realizarse al amparo de lo dispuesto en el artículo 109 de la LPACAP, al implicar un juicio valorativo en su apreciación. Formulación de mejoras con infracción de lo dispuesto en el artículo 145.7 de la LCSP. Doctrina sobre la validez de las cláusulas sociales. La mejora social que se recoge en el PCAP no contribuye a proporcionar la oferta de mejor relación calidad-precio(Documento [.pdf] 502,8 KB)
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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León: Encargo a medios propios. La resolución 61/2019 estimó un recurso especial en materia de contratación interpuesto contra la formalización de un encargo realizado por el Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (ICE) a TRAGSA.(Documento [.pdf] 427,94 KB)
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Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales: 0065/2025. Fecha Resolución: 23/1/2025. Descripción: Recurso contra exclusión en contrato de suministro, LCSP. Desestimación. No acreditar la solvencia económica en el requerimiento de subsanación en la fase del artículo 150.2 de la LCSP. Acudir a medios externos sin haberlo reflejado en el DEUC: artículos 75 y 140 de la LCSP. Impugnación indirecta de la cláusula del pliego sobre la solvencia económica y financiera: inadmisión y límites. Doctrina del Tribunal.(Documento [.pdf] 0,5 MB)
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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía: Resolución 638/2024. Exclusión. La mesa de contratación acuerda excluir la proposición de la recurrente al no aportar la documentación que le había sido requerida. La calificación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos a que se refieren los artículos 140 y 141. Plazo, cómputo. D.A 15ª LCSP. El artículo 43 de la LPACAP dispone que las notificaciones realizadas por medios electrónicos se entenderán rechazadas cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que el interesado acceda a su contenido. No se estima la solicitud de petición de multa instada por el órgano de contratación.(Documento [.pdf] 424,64 KB)
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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía: Resolución 25/2025. Exclusión. La recurrente forma parte de una UTE cuya oferta fue excluida del procedimiento de licitación. Una de las entidades que conforman la UTE es un medio propio de determinada Comunidad Autónoma. En los estatutos de la sociedad se determina el objeto social delimitándolo a un ámbito geográfico concreto y con la finalidad de dinamizar el ámbito empresarial de concreto territorio. Doctrina sobre la interpretación de la adecuación del objeto social de una licitadora al objeto del contrato. No existe infracción en la actuación de la mesa de contratación.(Documento [.pdf] 421,98 KB)
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El blog de ESPUBLICO publica la siguiente entrada de Jose Antonio Ruiz Sainz Aja: La adquisición pública de medicamentos.(Documento [.pdf] 219,84 KB)
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Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales: 0151/2025. Fecha Resolución: 7/2/2025. Descripción: Reclamación contra adjudicación en contrato de suministro, RD-ley 3/2020. Desestimación. Detección de ofertas incursas en presunción de temeridad en procedimientos de adjudicación con subasta electrónica. La media de las ofertas iniciales no puede utilizarse para detectar ofertas anormales tras la subasta electrónica, en que se reformulan las ofertas a la baja mediante pujas electrónicas.(Documento [.pdf] 494,67 KB)