Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Segunda opinión médica de la red sanitaria de utilización pública de la Región de Murcia (código 8642) (SIA 207716)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

Disponer de una segunda opinión médica sobre los procesos sanitarios establecidos en el articulo 1.3 del Decreto 71/2007, de 11 de mayo  (BORM 22/5)

Información de Interés

El derecho a la segunda opinión médica sólo se podrá ejercitar una vez en cada proceso asistencial, con el único objeto de contrastar un primer diagnóstico completo o indicación terapéutica a efectos de prestar una mejor Asistencia Sanitaria.

1- La segunda opinión médica tendrá que ser solicitada directamente por el beneficiario del referido derecho.
2- En caso de imposibilidad física o psíquica, médicamente certificada, la solicitud de segunda opinión podrá realizarla el cónyuge no separado legalmente o con quien mantenga una unión de hecho acreditada; en su defecto, el pariente en línea recta descendiente o ascendiente de grado más próximo. No obstante lo anterior, si el paciente hubiera designado previamente una persona para, llegado el caso, solicitar una segundad opinión médica, le corresponderá a ésta dicha preferencia.
3- en caso de menores de dieciséis años o persona declarada incapaz, por las personas que ostenten la patria potestad, la tutela o representación legal.

Destinatarios:

Ciudadanía.

Ciudadanos residentes en cualquier municipio de la Región de Murcia, que tengan reconocido el derecho a la Asistencia Sanitaria a cargo del Servicio Murciano de Salud.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCION GENERAL DE ATENCION HOSPITALARIA (A14046574)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

- El ejercicio del derecho a la segunda opinión médica regulado en el presente decreto se garantiza para los siguientes procesos:

  1. Enfermedades neoplásicas malignas excepto cánceres de piel que no sean el melanoma.
  2. Enfermedades neurológicas inflamatorias y degenerativas invalidantes.
  3. Enfermedades graves con causa hereditaria claramente definida.
  4. Confirmación de diagnóstico de enfermedad rara.

Documentos a aportar junto con la solicitud

SEGUNDA OPINIÓN MEDICA EN LA RED SANITARIA PÚBLICA DE LA REGIÓN DE MURCIA .
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Modelo normalizado de solicitud, que se puede descargar de la pestaña documentación de la sede electrónica.
  • Libro de familia
    (No obligatorio / No original)
    En caso de pacientes menores de 16 años, se deberá adjuntar el libro de familia o el certificado individual de inscripción. Si se hubiera aportado este documento para la acreditación de la representación no es preciso adjuntarlo nuevamente.
  • Resolución judicial de tutela
    (No obligatorio / No original)
    En caso de que el paciente sea declarado incapaz, se deberá aportar la documentación que acredite la tutela. Si se hubiera presentado esta documentación al acreditar la representación no es preciso aportarla nuevamente.
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    En caso de imposibilidad física o psíquica, el solicitante debe acreditar su condición de cónyuge no separado legalmente, pareja de hecho o familiar en línea recta descendente o ascendente de grado más próximo, según proceda, o su condición de haber sido designado por el paciente como persona autorizada para solicitar la segunda opinión médica. Si se hubiera aportado esta documentación para la acreditación de la representación no será preciso adjuntarla nuevamente.
  • Certificado médico
    (No obligatorio / No original)
    Certificado médico que acredite la imposibilidad física o psíquica del interesado

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 20 Día/s natural/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada
Información adicional sobre recursos
Contra la resolución de la Dirección General de Atención Hospitalaria del Servicio Murciano de Salud, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, ante el Director Gerente del Servicio Murciano de Salud.

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia