Guías de Turismo. Convocatoria de habilitación. (código 853) (SIA 206900)

Información Básica

Objeto:

Obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Guía de Turismo, mediante la superación de las pruebas que reglamentariamente se determinen.

Información de Interés

 NOTA IMPORTANTE SOBRE LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNCIA DE SOLICITUDES

Las solicitudes presentadas con certificado electrónico,o cualquier otro medio de identificación electrónico, a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, procedimiento 853 “Guías turísticos: altas, bajas y modificaciones, deberán anexar el modelo de solicitud que figura en el Anexo I de la convocataria. En caso de no incluirlo sería motivo de exclusión provisional.


ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Director General del Instituto de Turismo de la Región de Murcia dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas, indicando la razón de las exclusiones. Esta resolución se publicará en el Tablón de Anuncios del Instituto de Turismo de la Región de Murcia, así como, en la web www.itrem.es.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, entendiéndose que si el interesado así no lo hiciere se tendrá por desistido de su petición.

Transcurrido el plazo de subsanaciones antes indicado, el Director General del Instituto de Turismo de la Región de Murcia dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos, y fijando lugar, fecha y hora de inicio del primer ejercicio obligatorio. A esta Resolución se le dará la misma publicidad que a la Resolución aprobatoria de la lista provisional.

Destinatarios:

Ciudadanía.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14036695)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS/AS

Para pode rpresentarse a la realización de las pruebas de aptitud a que se refiere la presente convocatoria, las personas participantes deberán reunir los requisitos señalados en el artículo 5 del Decreto 178/1995, de 20 de diciembre, citado, y que son:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

c) Estar en posesión de alguna de las titulaciones siguientes:

- Técnico/a de Empresas y Actividades Turísticas o asimilado

- Técnico/a Superior en Información y Comercialización Turísticas.

- Técnico/a Superior en Guía, Información y Asistencia Turística.

- Nivel académico de, al menos, diplomado/a universitario/a o equivalente.

Las personas ya habilitadas como guía oficiales de turismo de la Región de Murcia que deseen el reconocimiento de la especialización en algún o algunos idiomas extranjeros deberán superar el ejercicio correspondiente de las pruebas de habilitación.

Todos los requisitos establecidos en la presente Base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante todo el proceso de celebración de las pruebas de aptitud.

Requisitos posteriores

LISTA DE PERSONAS APROBADAS

Una vez finalizadas las pruebas, el Tribunal expondrá la lista de personas que han superados las pruebas en el Tablón de Anuncios del Instituto de Turismo de la Región de Murcia, así como en la web www.itrem.es.

HABILITACIÓN COMO GUÍAS DE TURISMO

Por el/la Director/a General del Instituto de Turismo de la Región de Murcia se otorgará la correspondiente habilitación como Guía de Turismo de la Región de Murcia, procediéndose a su inscripción en el Registro de Guías de Turismo de la Región de Murcia. A tal efecto, las personas que hayan superado las pruebas deberán presentar en el Instituto de Turismo, en el plazo de 10 días a contar desde la exposición de la lista definitiva de aprobados/as, la siguiente documentación:

a) Una foto tamaño carné.

b) Resguardo acreditativo del pago de la Tasa. El abono de la tasa se realizará en alguna de las entidades que figuran en el documento de autoliquidación. Dicho documento podrá solicitarse en el Instituto de Turismo de la Región de Murcia o en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano en aquellos municipios que dispongan de ella o en los lugares de presentación de solicitudes si están habilitados para su emisión.

Los/las aspirantes que en el momento de la inscripción en las pruebas de habilitación acrediten alguna de las circunstancias siguientes, tendrán el beneficio fiscal que se indica:

- Familias numerosas de régimen especial, reducción del 100%

- Familias numerosas de régimen general, reducción del 75 %

- Situación de desempleo, reducción del 75%

- Discapacidad igual o mayor del 33%, reducción del 75%

En el caso de no presentar la documentación requerida en este apartado, se entenderá que el interesado/a desiste de su derecho.

Efectuada la inscripción en el citado Registro, se expedirá a favor de la persona el correspondiente carné de Guía de Turismo de la Región de Murcia.

Documentos a aportar junto con la solicitud

SOLICITUD DE PARTICIPACION EN LA CONVOCATORIA DE HABILITACIÓN DE GUIAS DE TURISMO
  • Justificante del pago de la tasa
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de realizar la presentación de la solicitud a través de la sede electrónica de la CARM el pago de la tasa se realizará durante la tramitación de la presentación electrónica. Cuando el abono de la tasa se realizará en alguna de las entidades colaboradoras que figuran en el documento de autoliquidación , el justificante del pago de la tasa se deberá presentar junto a la solicitud de participación. Dicho documento podrá solicitarse en el Instituto de Turismo de la Región de Murcia o en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano en aquellos municipios que dispongan de ella o en los lugares de presentación de solicitudes si están habilitados para su emisión. La Tasa por inscripción en pruebas de aptitud para la obtención del titulo de Guía de Turismo de la Región de Murcia es la T 160.1, importe 31´55 euros. Los/las aspirantes que en el momento de la inscripción en las pruebas de habilitación acrediten alguna de las circunstancias siguientes, tendrán el beneficio fiscal que se indica: - Familias numerosas de régimen especial, reducción del 100% - Familias numerosas de régimen general, reducción del 75 % - Situación de desempleo, reducción del 75% - Discapacidad igual o mayor del 33%, reducción del 75%
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificados de Títulos Universitarios por documentación (*)
  • Certificados de Títulos No Universitarios por documentación (*)
  • Consulta del título de familia numerosa de las CCAA (*)
  • Consulta de Inscripción como demandante de empleo a fecha concreta (*)
  • Consulta de datos de discapacidad de las CCAA (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • SOLICITUD DE PARTICIPACION EN LA CONVOCATORIA DE HABILITACIÓN DE GUIAS DE TURISMO   [Fuera de plazo: 26-06-2023 – 07-07-2023]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Obtención de la Carta de Pago y abono de la tasa

Obtener Carta de Pago Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica  (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Tasas a abonar

PAGO DE LAS TASAS:

  • Solicitudes realizadas por la Sede Electrónica de la CARM con Certificado Electrónico, Clave PIN o Sistema Cl@ve, directamente el sistema calcula la tasa y se realizara el pago directamente con tarjeta de crédito o débito.
  • Solicitudes presentadas físicamente en cualquier oficina de asistencia en materia de registro o ventanillas únicas, la tasa la podrá generar y realizar el pago, sin identificación electrónica, dentro de la pestaña “Presentación Solicitudes”, apartado  “Obtención de la Carta de Pago y abono de la tasa”.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: Mes/es

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A PRE.,TURIS.CULT.DEPOR.Y PORTA

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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