Son Centros que ofrecen atención integral y vivienda permanente a personas mayores, tanto las que puedan valerse por sí mismas, como aquellas que precisen ayuda de otra persona para la realización de las actividades de la vida diaria.
Contacto Dirección General de Atención a Personas Mayores Instituto Murciano de Acción Social C/ Alonso Espejo, 7. 30007 - MURCIA 968 36 84 15 / Fax: 968 36 2091
¿Qué son las residencias para personas mayores?
Son Centros que ofrecen atención integral y vivienda permanente a personas mayores, tanto las que puedan valerse por sí mismas, como aquellas que precisen ayuda de otra persona para la realización de las actividades de la vida diaria y que, por su problemática de salud, familiar, social o económica, no pueden permanecer en sus propios domicilios.
Existen tres tipos de atención residencial:
Atención a Personas Mayores Válidas: Destinada a personas que se valen por sí mismas en la realización de las actividades de la vida diaria.
Atención a Personas Mayores Asistidas: Destinada a personas que no puedan realizar las actividades de la vida diaria, precisando para ello la asistencia de terceros.
Atención Psicogeriátrica: Destinada a personas mayores con problemas psíquicos o trastornos de conducta que requieran tratamiento especializado.
Además de las Residencias propias, el ISSORM mantiene, en nuestra Región, convenio de colaboración para la ocupación y reserva de plazas con residencias privadas sin ánimo de lucro.
¿Quiénes pueden ser usuarios de estos Centros?
Son requisitos para el ingreso en una Residencia:
Tener un mínimo de 60 años
Para el ingreso en residencias del Sistema de la Seguridad Social gestionadas por la Comunidad Autónoma, se requerirá además ser pensionista de cualquier sistema público de pensiones, o tener en el momento de la solicitud cumplidos todos los requisitos para obtener dicha condición.
No padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni enfermedad que requiera atención permanente en centro hospitalario.
No padecer trastornos de conducta que puedan perturbar gravemente la convivencia en el centro, excepto en los centros geropsiquiátricos.
Podrá asimismo reconocerse el derecho de admisión, aunque no reúnan los requisitos anteriores a:
El cónyuge o persona con la que se conviva habitualmente en forma análoga a la marital.
Los familiares por consanguinidad hasta el primer grado, o por consanguinidad colateral hasta el segundo grado, cuando exista dependencia respecto del solicitante, y no se hayan obtenido recursos adecuados a sus necesidades.
En ambos casos, deberán cumplirse los requisitos de salud física y mental establecidos en los puntos anteriores.
¿Qué servicios se pueden recibir en estos Centros?
La Residencia ofrece atención integral. Para ello cuenta con servicios de atención sanitaria, social, rehabilitadora y ocupacional, así como la posibilidad de participar en actividades de carácter cultural y recreativo.
Dispone de los siguientes servicios:
Manutención y Alojamiento
Asistencia Médica
Asistencia Social
Atención Psicológica
Servicio de Fisioterapia
Actividades Ocupacionales
Actividades Socioculturales
Departamento de Administración
La zona residencial constituye el medio donde el residente desarrolla su vida individual y social, contando con las instalaciones adecuadas para prestar esos servicios.
¿Dónde se solicita el ingreso?
Las solicitudes de ingreso, para las que existe un modelo normalizado, se presentarán y serán tramitadas por los Centros de Servicios Sociales dependientes de Entidades Locales, los Centros de Atención a Personas Mayores y demás dependencias del Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia.
Los expedientes de solicitud de ingreso son valorados por el Servicio de Valoración y Diagnóstico del ISSORM, mediante la aplicación del baremo vigente.
Al servicio de Atención a Personas Mayores del ISSORM le corresponde la gestión administrativa de expedientes de solicitud de admisión de centros residenciales para las personas mayores.
Contribución del usuario
Los usuarios contribuirán a la financiación de la plaza, según el grado de atención que necesiten:
75% de los ingresos totales anuales en plaza de atención a válidos.
90% de los ingresos totales anuales en plaza de atención asistida o psicogeriátrica.
(Decreto 45/1996, de 19 de junio, de laCARM)
Otras informaciones de interés
La participación en la vida de residencia
La participación es un derecho básico de los ciudadanos. Los órganos de representación y de participación a través de los cuales los residentes pueden tomar parte en el funcionamiento del Centro son:
La Asamblea General compuesta por la totalidad de los residentes. Se reúne una vez al año, en sesión ordinaria.
La Junta de Gobierno integrada por representantes de los residentes, elegidos por ellos, y de la Administración. Se reúne una vez al mes.
Periodo de adaptación al centro
Existe un periodo inicial de 6 meses de adaptación personal a las características y funcionamiento propios del Centro. En este periodo, el residente recibirá la atención especializada necesaria y se elaborará un Plan Individualizado de Atención Integral.
Reglamento de régimen interior
En las Residencias de Personas Mayores existen una normas generales que deben ser respetadas y cumplidas por todos los residentes, para el buen funcionamiento del Centro y una mejor convivencia. Están recogidas en el Reglamento de Régimen Interior existente en cada Centro y son facilitadas al mismo o a sus familias en el momento de su ingreso.