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Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027

Intervención 6501.6. Mantenimiento o mejora para hábitats y actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad. Medida 3: Protección del coto arrocero

Descripción

La medida está dirigida a la zona del llamado "Coto Arrocero" situada en la Vega Alta del río Segura, en la Región de Murcia, en los términos municipales de Calasparra y Moratalla. Su finalidad es promover la conservación del paisaje tradicional del cultivo de arroz -un ecosistema frágil y biológicamente relevante- mediante la compensación a los agricultores que mantienen dicha actividad agraria y evitan el abandono de estos cultivos tradicionales. Esta actuación busca evitar la pérdida de biodiversidad y de avifauna ligada a los arrozales, , así como la desaparición del paisaje agrario y la rotura del equilibrio entre actividad productiva y conservación.

Objetivos

  • Contribuir a la conservación del entorno agrario tradicional vinculado al cultivo de arroz en el Coto Arrocero, evitando su abandono.
  • Proteger la biodiversidad y los servicios ecosistémicos que se derivan de ese paisaje agrario: hábitats, flora y fauna ligados a los arrozales.
  • Fomentar la gestión sostenible de recursos naturales (agua, suelo, paisaje) en un cultivo tradicional con alto valor ambiental.
  • Compensar los costes adicionales y las pérdidas de ingresos derivados de asumir estos compromisos medioambientales y climáticos conforme al PEPAC.

Prima de la ayuda

  • Dotación de la convocatoria: 499.950 €

    El citado importe quedará distribuido de la siguiente manera:
    - Anualidad 2026: 166.650,00 €
    - Anualidad 2027: 166.650,00 €
    - Anualidad 2028: 166.650,00 €

  • Prima de la ayuda (€/ha): 200 €/ha para arroz (y sus rotaciones tradicionales de cereales, leguminosas o maíz).
  • Superficie mínima elegible: 1,0 ha "Las superficies subvencionables serán las ocupadas por el arroz y los cultivos tradicionales incluidos en sus rotaciones" (Artículo 5.2 - Orden de 13 de marzo de 2025 de la Consejería de Agua, agricultura, Ganadería y Pesca)

Requisitos de los solicitantes

Los beneficiarios de la ayuda deben ser agricultores titulares de explotaciones agrarias situadas en la Región de Murcia y registradas en el Registro de Explotaciones Agrarias de la CARM. 

Requisitos específicos para esta Medida:

  1. Ser cultivador de arroz y titular de una explotación ubicada total o parcialmente en el área del "Coto Arrocero" en los municipios de Calasparra y Moratalla.
  2. Los recintos objeto de ayuda deberán tener uso SIGPAC "TH (Huerta)" o "TA (Tierras Arables)" y estar destinados al cultivo de arroz o a sus rotaciones tradicionales (como cereales herbáceos, leguminosas o maíz).
  3. Superficie mínima elegible de 1,0 hectárea.
  4. Dirección técnica de la explotación, ejercida por un profesional competente para el asesoramiento sobre los compromisos de la línea.
  5. Las superficies deben tener actividad agraria de conformidad con el Real Decreto 1048/2022 (o normativa equivalente) y no estar abandonadas.
  6. Otros requisitos derivados de la normativa de subvenciones:
    - No estar incursos en prohibiciones.
    - Al corriente de obligaciones tributarias.
    - Al corriente de obligaciones con la Seguridad Social.

Convocatoria y plazo de presentación de solicitudes

Conforme a la Orden de 15 de marzo de 2023 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca el plazo de presentación de la solicitud única para el año 2025 se iniciará el 28 de abril y finalizará el 15 de mayo del mencionado año, ambos inclusive.

Servicio Gestor

Servicio de Mejora del Entorno Rural (Subdirección General de Desarrollo Rural)