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Organización y Funciones

Servicio de Gestión de Recursos de Otros Entes

Secretaría General Técnica > Agencia Tributaria de la Región de Murcia > Organismos Autónomos > Órganos Directivos > Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Responsable: Eduardo José Prieto Giménez
Finca: Edificio Administrativo San Juan de Dios
Dirección: C/ San Juan de Dios, 2. 30003, Murcia
Teléfono: 968 39 41 21 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Email: eduardoj.prieto@carm.es 
Funciones:

El Servicio de Gestión de Recursos de Otros Entes es el órgano al que le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones, que serán ejercidas por su titular:

a) Realizar la gestión y liquidación de los tributos y demás ingresos que se encomienden o deleguen a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por otras Administraciones Públicas y sean atribuidas a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia en virtud de norma, convenio u otro título jurídico.

b) Resolver los procedimientos para el reconocimiento de beneficios fiscales aplicables a los derechos económicos cuya gestión sea de su competencia.

c) Iniciar y resolver los procedimientos sancionadores por infracciones tributarias cometidas respecto de tributos cuya gestión tenga encomendada, salvo en aquellos casos en que, de acuerdo con la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la competencia para imponer las sanciones corresponda a otro órgano.

d) Resolver los recursos de reposición que se interpongan contra los actos dictados por el Servicio.

e) Resolver las solicitudes de suspensión de la ejecución de los actos del Servicio impugnados mediante recurso de reposición.

f) Resolver los procedimientos de rectificación de errores materiales, aritméticos o de hecho producidos en los actos dictados por el Servicio.

g) Resolver los procedimientos de devolución de ingresos indebidos regulados en el artículo 221 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, derivados de deudas gestionadas por el Servicio, y, en cualquier caso, cuando el derecho a la devolución sea consecuencia de la anulación en virtud de acto administrativo, resolución económico-administrativa o judicial de un acto dictado por el Servicio.

h) Adoptar los acuerdos necesarios para la ejecución de las resoluciones administrativas y judiciales que afecten a actos dictados por el Servicio.

i) Declarar la prescripción del derecho a determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación en los procedimientos y deudas gestionadas por el Servicio.

j) Aprobar el calendario fiscal.

k) Realizar la gestión catastral que se encomiende o delegue a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia en virtud de norma, convenio u otro título jurídico.

l) Realizar aquellas otras funciones que se les atribuyan mediante disposición o que le sean delegadas o encomendadas por el titular de la Dirección de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia o por el de la Secretaría General Técnica.