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Organización y Funciones

Servicio de Gestión y Tributación del Juego

Subdirección General de Tributos > Agencia Tributaria de la Región de Murcia > Organismo Autónomo > Órganos Directivos > Consejería de Economía, Hacienda y Empresa > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Responsable: Beatriz Martínez López
Finca: Edificio Administrativo Teniente Flomesta
Dirección: Avda. Teniente Flomesta, 3. 30001, Murcia
Teléfono: 968 36 60 66 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Email: beatriz.martinez@carm.es
Funciones:

El Servicio de Gestión y Tributación del Juego es el órgano al que le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

a) Elaborar los planes de actuación en materia de gestión administrativa y control del juego, manteniendo el control permanente de las actuaciones desarrolladas al amparo de los convenios de colaboración que se celebren con la Administración General del Estado.

b) Tramitar y resolver los procedimientos relativos a las autorizaciones para instalar máquinas recreativas de tipo B en los establecimientos hosteleros destinados a bares, cafeterías o similares, expedición de guías de circulación y autorizaciones de explotación de máquinas recreativas y de azar y diligenciado de los boletines de situación que autorizan la instalación de dichas máquinas en los locales correspondientes, así como las demás actuaciones administrativas derivadas de sus competencias en materia de casinos, juegos y apuestas y la propuesta de resolución, en caso contrario, al órgano competente.

c) Instruir los procedimientos sancionadores por infracciones administrativas en materia de juego y apuestas, elevando al órgano competente para resolver la correspondiente propuesta de resolución, así como practicar y notificar las liquidaciones correspondientes.

d) Iniciar y resolver los procedimientos sancionadores por infracciones tributarias en materia de juego, salvo en aquellos casos en que de acuerdo con la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, en relación con la disposición adicional primera del presente Decreto, la competencia para imponer las sanciones corresponda a otro órgano.

e) Ejercer el control e inspección de los locales y establecimientos de juego y de las actividades de juego y apuestas.

f) Llevar el Registro General del Juego.

g) Ejercer el control permanente de los elementos materiales utilizados en el desarrollo de los juegos y apuestas y de la homologación de los sistemas técnicos y demás material de apuestas.

h) Expedir los documentos acreditativos del personal de las empresas autorizadas para la organización y explotación de juegos y apuestas cuyas funciones estén relacionadas con el desarrollo del juego.

i) Desempeñar la Secretaría de la Comisión del Juego y Apuestas de la Región de Murcia.

j) Dictar los actos administrativos relativos a la gestión, liquidación y revisión de los tributos sobre el juego, propios o cedidos.

k) Resolver los procedimientos de devolución de ingresos indebidos regulados en el artículo 221 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, derivados de deudas gestionadas por el Servicio, y, en cualquier caso, cuando el derecho a la devolución sea consecuencia de la anulación en virtud de acto administrativo, resolución económico-administrativa o judicial de un acto dictado por el Servicio.

l) Tramitar y proponer la resolución de las solicitudes de reembolso de los costes de garantías aportadas para obtener la suspensión de actos dictados por el Servicio.

m) Resolver los recursos potestativos de reposición que se interpongan contra los actos dictados en procedimientos que sean competencia del Servicio.

n) Resolver las solicitudes de suspensión de la ejecución de los actos del Servicio impugnados mediante recurso de reposición.

ñ) Resolver los procedimientos de rectificación de errores materiales, aritméticos o de hecho producidos en los actos dictados por el Servicio.

o) Adoptar los acuerdos necesarios para la ejecución de las resoluciones administrativas y judiciales que afecten a actos dictados por el Servicio.

p) Declarar la prescripción del derecho a determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación en los procedimientos y deudas gestionadas por el Servicio.

q) Realizar aquellas otras funciones que se les atribuyan mediante disposición o que le sean delegadas o encomendadas por el titular de la Dirección de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia o por el de la Subdirección General de Tributos.