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Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio

Organización y Funciones

Dirección General de Interior, Calidad y Simplificación Administrativa

Órganos Directivos > Consejería de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Responsable: Ascensión María Gómez Lorente
Perfil:
Dirección: Gran Vía del Escultor Francisco Salzillo, 42. 30004, Murcia
Teléfono: 968 37 59 37 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Email: ascensionm.gomez@carm.es
Funciones:

1. A la Dirección General de Interior, Calidad y Simplificación Administrativa le corresponde las competencias en materia buen gobierno; gobernanza; modernización y simplificación administrativa; participación ciudadana; atención a la ciudadanía, así como las correspondientes a la inspección general de los servicios.

2. En materia de simplificación administrativa, modernización, inspección y calidad de los servicios, le corresponde el ejercicio de las funciones propias de la Inspección General de los Servicios y, en particular, las siguientes:

a) La elaboración y desarrollo, con carácter transversal, de programas de reforma y modernización de la Administración Pública Regional.

b) La política de reducción de cargas administrativas y de simplificación y mejora de los procedimientos administrativos.

c) El fomento de la mejora continua de la gestión mediante el impulso, desarrollo y seguimiento de los programas de calidad en los servicios públicos, basados en la búsqueda de la excelencia y el fomento de la innovación.

d) La promoción, fomento y seguimiento de la política de administración electrónica y de interoperabilidad en la Administración Regional.

e) La evaluación del rendimiento de las unidades y servicios públicos.

f) La coordinación y seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos en el ámbito de las competencias de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sin perjuicio de las competencias que en dicha materia puedan corresponder a otros órganos o entidades.

3. En materia de atención a la ciudadanía, le corresponden las siguientes
funciones:

a) La elaboración y desarrollo de programas de atención, información y asistencia a la ciudadanía a través de los distintos canales disponibles, en coordinación con las restantes consejerías, así como con otras administraciones públicas.

b) El registro, distribución y reparto de documentos, así como la gestión de procedimientos de tramitación inmediata, a través de los sistemas de carácter corporativo desarrollados a tal fin.

c) La gestión del sistema de quejas y sugerencias de los ciudadanos respecto de los servicios públicos de la Administración Regional.

4. En materia de buen gobierno le corresponde, en particular, el ejercicio de
las siguientes funciones:


a) La gestión del régimen de incompatibilidades y conflictos de intereses de los miembros del Consejo de Gobierno y de los altos cargos de la Administración Regional y personal directivo del Sector Público Regional, en colaboración con aquellos otros órganos directivos que se señalen en la legislación vigente, así como la custodia de los expedientes de altos cargos y la gestión del Registro de Intereses, Actividades y Bienes de los mismos.


b) La coordinación, puesta en marcha y supervisión del cumplimiento de las medidas en materia de buen gobierno, ética, integridad pública y prevención de la corrupción que se establezcan legalmente o se determinen por el Consejo de Gobierno.


5. En materia de participación ciudadana le corresponde las funciones destinadas al fomento de la participación de los ciudadanos y de colaboración con la sociedad civil organizada en la toma de decisiones en los asuntos de interés público y en la ejecución de las políticas públicas


6. Dependerá de la Dirección General Interior, Calidad y Simplificación Administrativa la Inspección General de Servicios, que asumirá las funciones establecidas en el Decreto n.º 93/2012, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como las que correspondan en las materias enumeradas en los apartados 2, 3 y 4 de este artículo. 

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