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Organización y Funciones

Servicio de Control Financiero de Subvenciones

Viceintervención General > Intervención General > Órganos Directivos > Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Finca: Edificio Administrativo Teniente Flomesta
Dirección: Avda. Teniente Flomesta, 3. 30001, Murcia
Funciones:

1. Al Servicio de Control Financiero de Subvenciones le corresponden las siguientes funciones:

a) Desarrollar, en el marco del Plan anual de control, ya sea directamente o con la colaboración de las Intervenciones Delegadas, las funciones que corresponden a la Intervención General en materia de control financiero de subvenciones, en relación a las entidades del sector público regional, beneficiarios y entidades colaboradoras por razón de las subvenciones y ayudas concedidas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en los términos, condiciones y alcance que se determine en cada caso por la Intervención General.

b) Desarrollar, en el marco del Plan anual de control, las funciones que corresponden a la Intervención General en relación a las entidades del sector público regional, beneficiarios y entidades colaboradoras por razón de las subvenciones y ayudas concedidas, total o parcialmente, con cargo a fondos de la Unión Europea, ya sea directamente o con la colaboración de las Intervenciones

Delegadas, en los términos, condiciones y alcance que se determine en cada caso por la Intervención General.

c) Realizar la coordinación de los controles financieros de subvenciones a que se refieren los párrafos a) y b) anteriores, que se ejecuten por las Intervenciones Delegadas, en los términos, condiciones y alcance que se determine en su caso por la Intervención General.

d) Las que sean propias del órgano responsable funcional de la base de datos autonómica de subvenciones.

e) Elaborar y tramitar el informe anual de evaluación de los resultados alcanzados del Plan estratégico de subvenciones.

f) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.

2. Para el ejercicio de sus funciones el Servicio de Control Financiero de Subvenciones contará con los Interventores y/o Técnicos que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo.