Yo me vacuno Come sano para que coman sano
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Organización y Funciones

Servicio Jurídico

Vicesecretaría > Secretaría General de Fomento e Infraestructuras > Órganos Directivos > Consejería de Fomento e Infraestructuras > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Finca: Edificio Administrativo Santoña
Dirección: Plaza Santoña, 6. 30006, Murcia
Teléfono: 968 36 20 00 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Funciones:

Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

a) La elaboración de los anteproyectos o proyectos, según corresponda, de disposiciones de carácter general, sin perjuicio de las competencias que correspondan a los distintos órganos directivos.

b) La tramitación y propuesta de resolución de las reclamaciones y recursos, así como su tramitación y posterior seguimiento, una vez agotada la vía administrativa, sin perjuicio de las competencias de la Dirección de los Servicios Jurídicos.

c) La supervisión e informe de las disposiciones antes de su remisión al Boletín Oficial de la Región de Murcia para su publicación, así como de todas las actuaciones relativas a cuantos asuntos hayan de remitirse al Consejo de Gobierno, a la Dirección de los Servicios Jurídicos o al Consejo Jurídico de la Región de Murcia.

d) Informar los convenios que celebre la Conse jería con o tras administraciones o entidades públicas o privadas, sin perjuicio de las facultades que correspondan a los órganos directivos en su ámbito competencial y las disposiciones de carácter general.

e) La tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial.

f) La publicidad activa, la tramitación de las solicitudes de información pública, facilitar la aplicación de las instrucciones en materia de gobierno abierto así como el resto de funciones establecidas en el punto 3 del artículo 37 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

g) Preparación de compilaciones legales, doctrinales y jurisprudenciales.

h) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.