Organización y Funciones
Servicio de Ordenación y Atención Farmacéutica
Subdirección General de Farmacia e Investigación > Dirección General de Planificación, Farmacia e Investigación Sanitaria > Órganos Directivos > Consejería de Salud > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Responsable: | Isabel Lorente Salinas |
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Finca: | Edificio Administrativo Pinares 6 |
Dirección: | C/ Pinares, 6. 30001, Murcia |
Teléfono: | _.-1968 36_.-1 66 1_.-16 (Para consultas llamar al teléfono 012 o _.-1968 36_.-1 20 0_.-10 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM) |
Email: | isabe_.-1l.lore_.-1nte_.-1@carm.es |
Funciones: |
1. Le corresponde la planificación, coordinación, dirección y control de las unidades dependientes del Servicio y, en especial, el ejercicio de las siguientes funciones: a) La ordenación y gestión en materia de asistencia farmacéutica, y, en especial, la planificación de los turnos de urgencia de las oficinas de farmacia en la Región de Murcia b) La propuesta de planes o programaciones, informes, control, inspección, vigilancia, evaluación e investigación en relación con el cumplimiento de la legislación vigente en materia de medicamentos de uso humano y veterinario, productos farmacéuticos y plantas medicinales durante su elaboración, almacenamiento, distribución y dispensación, así como de los establecimientos donde se materialicen dichas fases y en relación con el uso racional del medicamento y de farmacovigilancia c) El diseño de los proyectos de sistemas de información relacionados con medicamentos y productos sanitarios y el mantenimiento de bases de datos relativas al sistema de información farmacéutica, en coordinación con las unidades correspondientes en materia de información sanitaria d) La promoción del uso racional de los medicamentos de uso humano y veterinario y de la información general sobre los mismos dirigida a los profesionales sanitarios y al publico, el control y, en su caso, propuesta de autorización de la publicidad de medicamentos de uso humano, en los casos en que su otorgamiento corresponda a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia e) El ejercicio de las funciones que, en relación con los productos sanitarios, cosméticos, preparados utilizados en la higiene personal y desinfectantes de material clínico y farmacéutico y de ambientes clínicos y quirúrgicos, atribuya a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la legislación vigente f) La inspección que corresponda a la Administración Regional en la materia de asistencia farmacéutica, establecimientos y servicios farmacéuticos, medicamentos y productos sanitarios, sin perjuicio de las competencias de inspección previstas en el artículo 20 de este Decreto g) Desarrollar las funciones y responsabilidades competencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en materia de tráfico y uso licito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas h) La tramitación de la acreditación de Comités Éticos de Investigación Clínica y verificación del cumplimiento de las buenas prácticas clínicas i) El ejercicio, control e inspección de todas aquellas funciones que deban realizarse en materia de ejecución de la legislación sobre productos farmacéuticos 2. Para el cumplimiento de sus funciones el Servicio de Ordenación y Atención Farmacéutica contará con: a) La Sección de Ordenación y Gestión de la Asistencia Farmacéutica b) Los Técnicos en materia de Medicamentos, Farmacovigilancia y Productos Sanitarios 3. A los anteriores les corresponderán el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación y control de las actuaciones desarrolladas por las unidades y/o puestos de ellos dependientes y, en especial: a) A la Sección de Ordenación y Gestión de la Asistencia Farmacéutica, la propuesta, evaluación, informe y ejecución de las acciones en materia de planificación, ordenación y gestión en materia de asistencia farmacéutica y, en especial, la planificación y propuesta de los horarios de atención al público y turnos de urgencia de las oficinas de farmacia, así como las actuaciones relativas a la apertura, traslado, modificación, cierre y transmisión de las oficinas de farmacia y botiquines farmacéuticos y al personal al servicio de los establecimientos y servicios farmacéuticos, así como las facultades de inspección de los mismos b) A los Técnicos en materia de Medicamentos, Farmacovigilancia y Productos Sanitarios, la propuesta, evaluación, informe y ejecución de las funciones en materia de medicamentos de uso humano y veterinario, productos farmacéuticos y plantas medicinales, productos sanitarios, publicidad y buenas prácticas, enumeradas en las letras b), c), d), e), g) y h) del apartado 1 de este artículo Su número vendrá determinado en la Relación de Puestos de Trabajo Artículo 46.- Servicio de Desarrollo Normativo 1. Le corresponde la planificación, coordinación, dirección y control de las unidades dependientes del Servicio y, en especial, el ejercicio de las siguientes funciones: a) La elaboración y propuesta de disposiciones de carácter general competencia de la Dirección General, así como, de las convocatorias de subvenciones, ayudas públicas y convenios en las materias competencia de la Dirección General, sin perjuicio de las funciones atribuidas a otros órganos de la Consejería b) Tramitación y propuesta de resolución en procedimientos y expedientes en relación a aquellas materias que sean competencia de la Dirección General c) La emisión de informes jurídicos en las materias competencia de la Dirección General d) Planificación y estudio de procesos de mejora y normalización en los procedimientos que se tramitan por las distintas unidades de la Dirección General e) Elaboración de memorias de actividades y actuaciones de la Dirección General f) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias 2. Para el cumplimiento de sus funciones, el Servicio de Desarrollo Normativo contará con los asesores jurídicos que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo |
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