Organización y Funciones
Servicio de Epidemiología
Dirección General de Salud Pública y Adicciones > Órganos Directivos > Consejería de Salud > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Responsable: | Mª Dolores Chirlaque López |
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Finca: | Edificio Administrativo Ronda de Levante |
Dirección: | Ronda de Levante, 11. 30008, Murcia |
Teléfono: | 968 3_.-16_.-1 61 9_.-15 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 3_.-16_.-1 20 0_.-10 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM) |
Email: | mdolor_.-1es.chir_.-1laque@carm._.-1es |
Funciones: |
1. Le corresponde la planificación, coordinación, dirección y control de las unidades dependientes del Servicio y, en especial, el ejercicio de las siguientes funciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 32 de este Decreto: a) Programación, coordinación, control y evaluación de los estudios epidemiológicos sobre enfermedades transmisibles y procesos crónicos con especial repercusión sobre la salud, así como el control de dichas enfermedades y procesos crónicos. b) Organización y coordinación de los Registros de cáncer, mortalidad y de cuantos otros existan en relación con estudios de carácter epidemiológico, de enfermedades transmisibles y no transmisibles; así como del sistema de información de toxicomanías, a través, en su caso, del «Observatorio Regional de Drogas», en coordinación con las unidades correspondientes de la Dirección General competente en materia de coordinación de drogas. c) Organización y supervisión de las estadísticas elaboradas por la Sección correspondiente. 2. Para el cumplimiento de sus funciones el Servicio de Epidemiología contará con: a) La Sección de Estudios Epidemiológicos. b) La Sección de Vigilancia Epidemiológica. c) Los Técnicos en materia de Estadísticas Sanitarias. 3. A las unidades reseñadas en el apartado 2 de este artículo les corresponderán el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación y control de las actuaciones desarrolladas por las unidades de ellas dependientes y, en especial: a) A la Sección de Estudios Epidemiológicos, la propuesta, informe y ejecución de los proyectos de investigación epidemiológica, la gestión del Registro de Cáncer, y de cuantos otros existan en relación con las enfermedades no transmisibles, así como la elaboración de estadísticas sanitarias. b) A la Sección de Vigilancia Epidemiológica, la vigilancia epidemiológica de las enfermedades transmisibles, así como la recepción y análisis de la información sobre las enfermedades de declaración obligatoria y los brotes epidémicos, la gestión de los registros del SIDA y de otros procesos de enfermedades transmisibles, la elaboración de estadísticas sanitarias y proyectos de investigación sobre vigilancia epidemiológica. c) A los Técnicos en materia de Estadísticas Sanitarias, encargados de la elaboración de estadísticas sanitarias, la gestión del registro de mortalidad y la coordinación con otras unidades estadísticas. Su número vendrá determinado en la Relación de Puestos de Trabajo. |
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