Organización y Funciones
Comisionado de la Transparencia de la Región de Murcia
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Dirección: | Calle Frutos Baeza, 3. 30004, (Murcia), Murcia
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Teléfonos: | _.-1968 35_.-1 78_.-1 83 / _.-1968 37_.-1 50_.-1 24 (Para consultas llamar al teléfono 012 o _.-1968 36_.-1 20_.-1 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM) |
Email: | comisiona_.-1do.tran_.-1sparencia_.-1@carm.es |
Funciones: |
El Comisionado de Transparencia de La Región de Murcia vela por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, salvaguardando el derecho de los ciudadanos de acceder a la información pública. Supervisa la actividad del sector público autonómico, las corporaciones de derecho público cuyo ámbito de actuación se circunscriba exclusivamente a todo o parte del territorio de la Comunidad Autónoma, las entidades locales de La Región de Murcia, su sector público y las asociaciones constituidas por las referidas entidades y organismos. Es políticamente independiente, no recibe instrucciones de ninguna autoridad y desempeña sus funciones con absoluta autonomía y objetividad. Se crea el Comisionado de Transparencia de la Región de Murcia como órgano independiente de fomento, análisis, control y protección de la transparencia pública y del derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la Región de Murcia. El Comisionado de Transparencia de la Región de Murcia actuará con objetividad, independencia, profesionalidad y sometimiento al ordenamiento jurídico. Son funciones del Comisionado de Transparencia de la Región de Murcia las siguientes: a) Velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, en los términos previstos en esta ley. b) Informar preceptivamente los proyectos normativos que, en materia de transparencia, desarrollen esta ley o estén relacionados con esta materia. c) Conocer el informe anual al que se refiere el artículo 34.2.b). d) Evaluar el grado de aplicación y cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia por parte de las entidades o instituciones sujetas a ellas, pudiendo formular recomendaciones para el mejor cumplimiento de las mismas. e) Resolver las consultas que se le formulen en materia de publicidad activa y derecho de acceso por las entidades e instituciones señaladas en la letra anterior. f) Adoptar criterios de interpretación uniforme de las obligaciones establecidas en la presente ley y responder a las consultas que, con carácter facultativo, le planteen los órganos encargados de tramitar y resolver solicitudes de acceso. g) Presentar a la Asamblea Regional anualmente un informe de su actuación. h) Colaborar con órganos de naturaleza análoga. i) Aquellas otras que le atribuyan otras disposiciones de rango legal o reglamentario. El Comisionado de Transparencia de la Región de Murcia será nombrado por el Consejo de Gobierno por un periodo de 4 años no renovable. Para más información, consultar la Ley 1/2024, de 8 de julio, de modificación de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. |
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