Son funciones del Consejo de Transportes de la Región de Murcia:
a) Emitir informes sobre concesiones de servicios públicos de transporte, sus modificaciones, tarifas, peticiones de hijuelas de servicios, así como su supresión, caducidad y rescate. Concesiones de estaciones de autobuses.
Asimismo, a los efectos de la Ley de Coordinación de Transportes Terrestres ; informar sobre la clasificación de los servicios públicos regulares de viajeros por carretera coincidentes con el ferrocarril y sobre la sustitución temporal de servicios ferroviarios por otros de transporte por carretera.
b) Elaborar informes y dictámenes cuando le sean solicitados por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas o el director regional de Transportes y Comunicaciones.
c) Promover y dirigir estudios de planificación y coordinación en materia de transportes.
d) Informar los proyectos de disposiciones de carácter general que afecten a la ordenación de los transportes dentro del ámbito territorial de la Región de Murcia.
e) Aquellas otras funciones que puedan atribuírseles por disposiciones posteriores.