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Servicio de Sanidad Vegetal

Presentación

El Servicio de Sanidad Vegetal está adscrito a la Dirección General de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura.

Actuando como Autoridad competente en materia de Sanidad Vegetal al amparo de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal. De este modo, le corresponde el ejercicio de las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las acciones encaminadas a la prevención y tratamiento en su caso, de enfermedades de las especies vegetales, en relación con las siguientes actuaciones:

a) Mantenimiento y vigilancia de la Red fitosanitaria de avisos agrícolas.

b) Prevención, diagnóstico y lucha contra agentes nocivos de los cultivos, así como estudio, evaluación y control de plagas y enfermedades, vigilancia del comercio y utilización de plaguicidas, así como la tramitación y propuesta de resolución de los expedientes sancionadores en la materia.

b) Ejecución del Plan Nacional de control del uso sostenible de fitosanitarios y de higiene en la producción primaria.

c) Llevanza de los Registros siguientes: Registro de Establecimientos y Servicios Plaguicidas; Registro de Productores de Plantas de Vivero y de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales y Productos Vegetales; Registro de Entidades de inspección de equipos de aplicación de fitosanitarios (ITEAF); y Registro de Explotaciones Agrícolas (REGEPA).

d) Tramitación de procedimientos sancionadores en materia de subvenciones y de procedimientos que deban instruirse para el reintegro de las ayudas concedidas.

e) Propuesta de normativa y emisión de informes en materia de su competencia.

f) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.

A pesar de su deber en ejercer funciones de vigilancia y control, este Servicio tiene una clara vocación de prestar colaboración y ayuda al Sector Agrario en materia de su competencia.