Características del SIGPAC
I. Características de la base de datos
1. Información gráfica:
La información gráfica básica del SIGPAC se compone de la delimitación geográfica de cada parcela del terreno, que contendrá uno o varios recintos clasificados con alguno de los usos citados en el artículo 4, superpuesta a una base cartográfica formada por mapas y ortofotografías aéreas, proporcionando una visión continua de terreno de todo el territorio nacional.
La información gráfica del SIGPAC se compone de:
1) Cartografías en formato vectorial, que cumplen las normas exigibles para la escala 1:5.000, de:
a) Parcelas, coincidentes con las parcelas catastrales.
b) Recintos, uno o varios por cada parcela, clasificados con alguno de los usos citados en el artículo 4.
c) Árboles de frutos secos.
d) Superficies de interés ecológico, según la definición del artículo 24 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
e) Particularidades topográficas o elementos del paisaje, según se definen en el artículo 2.e) del Real Decreto 1078/2014 de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.
f) (Sin contenido).
2) Otras cartografías de referencia.
3) Ortofotografías y mapas topográficos.
2. Información alfanumérica:
La base de datos alfanumérica contiene la siguiente información mínima de cada uno de los recintos: códigos de identificación, superficie, coeficiente de admisibilidad en pastos, perímetro, código de uso asignado, incidencias detectadas en la subdivisión, coeficiente de regadío, pendiente media, elegibilidad, número de árboles de frutos de cáscara por especies (almendro, algarrobo, avellano, nogal y pistacho) y región del Régimen de Pago Básico (según se definen en el artículo 7 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común), así como otra información que se determine en la mesa de coordinación.
Para cada parcela SIGPAC, se recogerá la referencia catastral correspondiente.
Además, la cartografía de Superficies de Interés Ecológico incluirá información alfanumérica al menos sobre el tipo y superficie ponderada.
II. Características del sistema informático
El modelo funcional del SIGPAC responde a una arquitectura de datos centralizada o distribuida cuya actualización se realiza desde terminales o sistemas locales ubicados en las comunidades autónomas o en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, así como desde dispositivos móviles, de acuerdo con unos mismos requisitos técnicos y de seguridad.
El sistema informático gestiona toda la información gráfica y alfanumérica indicada en el apartado I.
1) Funciones básicas que permite el sistema informático:
a) Consulta de la información por todos los agentes del sector -agricultores, entidades colaboradoras y Administraciones públicas-, a través de los sistemas informáticos dispuestos al efecto. Esta consulta se podrá realizar a través de copias locales o directamente desde Internet.
b) Actualización de la base de datos, ya sea por edición directa o substitución de la información desde los sistemas instalados en las comunidades autónomas, previo sometimiento a los requerimientos de seguridad necesarios.
c) Exportación de información desde la base de datos, de una zona concreta del territorio, en distintos formatos, produciendo ficheros que se transmiten a través del sistema de comunicaciones, con los correspondientes requisitos de seguridad.
2) Sistema de seguridad:
a) Consta de un sistema de seguridad basado en el par usuario-contraseña, para funciones que impliquen actualización de datos, diseñado para permitir, en un futuro, la implantación de sistemas de certificación digital de identidad del usuario.
b) Dispone de mecanismos de control de accesos para permitir asignar a cada usuario sus posibilidades de actuación.
c) El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y las comunidades autónomas garantizarán la seguridad e integridad de la información y el régimen de autorización y acceso al sistema. En todo caso, se deberá conocer la identidad del autor de cualquier modificación y la fecha en la que esta fue realizada, además de disponer en todo momento del acceso a la información a una fecha determinada.
3) Sistema de comunicaciones:
El modelo de comunicaciones está basado en el uso de una extranet o internet en función del tipo de usuario y de las funciones atribuidas.
Los requisitos de seguridad del sistema de comunicaciones serán elevados. Dichos requisitos estarán definidos por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
a) Extranet: red basada en circuitos privados, y/o redes privadas virtuales sobre circuitos públicos, que permiten mantener la base de datos única, interconectando los diferentes sistemas de información que constituyen el SIGPAC. Permite la transferencia de datos relativos a procesos de consulta y actualización, de forma ágil y segura.
b) Internet: red utilizada para la realización de consultas a la base de datos por los usuarios finales.