Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Registro de autorización de publicidad sanitaria de centros, servicios y establecimientos sanitarios (código 605) (SIA 206812)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

Obtener la autorización administrativa previa para poder realizar publicidad sanitaria por parte de los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.

Información de Interés

  • Se debe presentar una solicitud individual  por cada documento publicitario nuevo.
  • La solicitud deberá presentarse, al menos, con 2 meses de antelación a la fecha de emisión o lanzamiento del mensaje publicitario.
  • Se debe incluir la transcripción  completa de la comunicación a publicitar en texto, audios, modelos, imágenes y/o capturas de pantalla.
  • En  cada mensaje publicitario se deberá incluir el número de registro de publicidad asignado.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios que quieran publicitarse.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, FARMACIA E INVESTIGACIÓN SANITARIA (A14013902)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Para poder solicitar la autorización administrativa previa de publicidad sanitaria, el centro, servicio o establecimiento sanitario debe estar previamente inscrito en el Registro de Recursos Sanitarios Regionales.

Se debe adjuntar el modelo de solicitud especiífica incluido en el apartado modelo de presentación.

Requisitos posteriores

Las autorizaciones de publicidad sanitaria concedidas permanecerán vigentes para la actividad autorizada, sin necesidad de renovación, siempre y cuando la misma se mantenga publicitando en los mismos términos y condiciones de formato, leyendas, imágenes o medios de difusión que motivaron el otorgamiento de su autorización.

No obstante, se deberá comunicar al órgano directivo competente, cualquier modificación producida sobre el mensaje autorizado, a efectos de su comprobación y correcta adecuación a la normativa aplicable, pudiendo dar lugar en caso de incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5, a la revocación de la autorización que fue concedida, previa tramitación del expediente oportuno con audiencia del interesado.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de Autorización de Publicidad Sanitaria
  • Descripción de la actuación que se pretende realizar
    (Obligatorio / No original)
    - Si la publicidad consiste nueva solicitud de autorización en: • FOLLETOS, se debe incluir anexo copia del documento. • WEBS y RADIO, se debe incluir transcripción completa del texto, imágenes y capturas de pantalla. ( Anexar preferentemente en formato pdf o jpg - Se debe presentar una solicitud por cada documento publicitario nuevo. - En los documentos publicitarios deberán incluir: • Identificación del profesional sanitario mediante su nº. de colegiación. • Espacio para “Control Publicidad Sanitaria número de Registro_ _ _ RMu.”,que se le asigne.

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 2 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A SALUD
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia