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Dirección General de Consumo
Consumo informa cómo acceder al Bono Social en el servicio eléctrico
Hoy en día, el servicio general de luz eléctrica en los hogares es uno de los servicios más caros y más necesarios, ya que la mayoría de nuestros electrodomésticos funcionan con electricidad. Es difícil vivir sin televisión, horno, frigorífico, placa, lavadora, ordenador… Para proteger a las familias que más lo necesitan, como familias numerosas o con pocos ingresos económicos, el gobierno creó el BONO SOCIAL.
El Bono Social es una tarifa de electricidad destinada a las personas con escasos recursos económicos, a los que le es difícil y a veces imposible abonar la factura de la luz de sus hogares.
A través de esta tarifa, se puede ahorrar hasta 180,00 euros al año de media, según la potencia contratada.
Este bono es un pequeño alivio para personas en situación económica más precaria, sin embargo en muchos hogares, no lo solicitan a pesar de tener derecho al mismo, en la mayoría de ocasiones por desconocimiento de su existencia.
Para tener acceso al Bono Social, es necesario cumplir una serie de requisitos, y una vez que se tiene, hay que estar atentos para mantenerlo y no perderlo. Las compañías eléctricas están obligadas a revisar a quienes solicitan el Bono Social, y que cumplan los requisitos y los mantengan. Por eso se debe revisar periódicamente que en las facturas de los beneficiarios se mantiene el descuento por el Bono Social. Si se observa que han retirado el bono sin motivo, hay que reclamar.
El bono Social podrán solicitarlo los consumidores más vulnerables y con menores posibilidades económicas. El mecanismo consiste en la aplicación de un 25% de descuento sobre el total de la factura de los clientes acogidos al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC).
Para ello es necesario cumplir alguno de los siguientes requisitos:
• Está limitada la potencia contratada a menos de 3 KV.
• Tener 60 años o más de edad y percibir una pensión mínima de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, vigente en cada momento.
• Ser familia numerosa.
• Estar todos los miembros del hogar en situación de desempleo.
Además tienen que estar:
• Acogidos al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC).
• Solicitarlo únicamente para la vivienda habitual.
• Es compatible con la discriminación horaria.
El bono social está disponible con las comercializadoras que ofrecen la tarifa regulada PVPC (precio voluntario para el pequeño consumidor), fijado por la administración desde el 1 de abril de 2014.
Se podrán acoger al Precio Voluntario para el pequeño consumidor, todos aquellos consumidores que tengan una potencia contratada igual o inferior a 10 KW, teniendo en cuenta que los precios del PVPC son diferentes para cada hora del día.
Los precios del PVPC se publican diariamente por la Red Eléctrica de España a partir de las 20,15 horas del día anterior en http://www.ree.es/es/
La documentación que es necesario aportar para solicitar el Bono Social es:
• Solicitud del bono social firmada por el titular del contrato.
• Declaración responsable firmada por el titular del contrato.
• Certificado en vigor de empadronamiento del titular del contrato que acredite que el contrato está destinado al suministro de electricidad de su vivienda habitual.
• Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o del número de identificación de extranjero (NIE) del titular del suministro.
• Fotocopia de la última factura de electricidad.
• Para los pensionistas: certificado acreditativo de la condición de pensionista emitido por el organismo competente específico para la aplicación del bono social.
• Para las familias numerosas: fotocopia del carné en vigor, de familia numerosa expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
• Para los desempleados: fotocopia del libro de familia, (en caso de unidades familiares de dos o más miembros).
WEB DE CONSUMO: www.murciaconsumo.es
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