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Instituto de Seguridad y Salud Laboral
Estrategias, Planes y Programas

Áreas de Actuación

El año 2003 se va a caracterizar, además, por la puesta en marcha del Plan Regional de Prevención de Riesgos Laborales 2002-2004, una vez aprobado definitivamente por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma el 22 de Noviembre de 2002.

La ejecución de este Plan, con un presupuesto total de 3.449.807 euros, compete mayoritariamente al Instituto de Seguridad y Salud Laboral, quedando ello reflejado en el Plan de Actividades del Organismo para el año 2003, que recoge una serie de actuaciones a llevar a cabo en cumplimiento de lo previsto en dicho Plan.

El Plan Regional está articulado en torno a ocho objetivos y 46 Actuaciones concretas:

  • Sensibilización, Fomento y Difusión.
  • Promoción de la Actividad Preventiva.
  • Formación para la prevención.
  • Fomento e incentivos.
  • Investigación y estudios.
  • Control y seguimiento del cumplimiento de la normativa.
  • Desarrollo Normativo.
  • Coordinación Inter-Institucional.

Como actuaciones más destacadas a realizar por el Instituto, además de las recogidas en el Plan de Actividades del año 2002, cabría reseñar entre otras (numeración correspondiente al Plan Regional de Prevención de Riesgos Laborales 2002-2004):

1.5. Creación de los Premios Regionales a la innovación e investigación en materia de prevención de riesgos laborales, y a la buena gestión y prácticas preventivas.

2.5. Promover foros de trabajo conjuntos con Mutuas de Accidentes de Trabajo, Servicios de Prevención Ajenos, Propios y Mancomunados, Entidades Auditoras, Técnicos de Prevención, Agentes Sociales, Inspección de Trabajo, y Administración Regional.

2.6. Fomentar el establecimiento de acuerdos y convenios con las Organizaciones empresariales y sindicales, Colegios Profesionales, Entidades de Economía Socia, Federación de Municipios para incrementar la colaboración mutua en materia preventiva

2.9.  Impulsar la mejora de la gestión preventiva en el ámbito de las Administraciones Regional y Local. Promover la participación dichas Administraciones en el Plan Objetivo Cero Accidentes Laborales.

3.2. Establecer Convenios con las Universidades de la Región para la mejora de la formación preventiva de los profesionales universitarios y la promoción de especialidades en materia preventiva, así como para la formación de post-grado.

3.3. Desarrollar y perfeccionar módulos específicos sobre prevención de riesgos laborales que sean incluidos en los programas de Formación Profesional Ocupacional gestionada por la Comunidad Autónoma.

4.1. Adoptar medidas para el fomento de las inversiones destinadas a promover la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad y salud laboral.

4.4. Impulsar la creación de servicios de prevención mancomunados en grandes concentraciones empresariales y en ámbitos sectoriales integrados por Pymes. 

5.1. Impulsar y fomentar la investigación básica y aplicada mediante Ayudas a tesis doctorales y a la labor investigadora: Investigación de nuevos riesgos, situaciones emergentes y condiciones de trabajo en tiempos cambiantes.

5.3. Realización de un modelo de Estudio de Costes de la Siniestralidad que permita obtener una información ágil sobre las repercusiones, humana, social y económica, derivada de los accidentes laborales.

5.5. Elaboración de las Encuestas Regionales de Condiciones de Trabajo, con el fin de analizar y estudiar la interrelación entre éstas y la Seguridad y Salud en el Trabajo.

6.3. Establecimiento de criterios de calidad y de cumplimiento de las obligaciones preventivas para poder acceder las empresas a la contratación de la Administración Regional.

7.4. Establecer como requisito en los expedientes de licencia municipal de apertura de instalaciones industriales y comerciales, la existencia de una certificación técnica de adecuación de las instalaciones y equipos a la normativa de prevención de riesgos laborales, y en especial al R.D. 486/1997 sobre seguridad y salud en los lugares de trabajo.

8.1.1. Elaboración de Planes de Actuación conjunta en materia de seguridad y salud laboral entre la Consejería de Trabajo y Política Social, y las Consejerías de Ciencia, Tecnología, Industria y Comercio; Sanidad y Consumo; Educación y cultura; y Agricultura, Agua y Medio Ambiente.

8.2.1. Establecer Convenios de Colaboración e intercambio con el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, así como con las otras Comunidades Autónomas y con la Agencia Europea para la salud y la seguridad en el trabajo.