Subvenciones destinadas al fomento del parque de viviendas en alquiler en la Región de Murcia (2ª convocatoria) (código 3189) (SIA 2099691)

Información Básica

Objeto:

Ayudas dirigidas al fomento del parque de viviendas en alquiler o cedidas en uso, de titularidad pública o privada, sitas en el ámbito territorial de la Región de Murcia. Las viviendas deben ser destinadas al arrendamiento o cedidas en uso durante un plazo mínimo de 25 años y estan sujetas a un precio máximo de renta o de cesión en uso.

Las viviendas deben ser arrendadas/cedidas a personas con niveles de renta determinados.

Información de Interés

Solicitudes

  • Cuando los solicitantes no sean obligados a presentar su solicitud electrónica deben rellenar el modelo de solicitud semipresencial.
  • Se presentará una solicitud por cada actuación, debiendo el solicitante establecer la prelación entre ellas, en el caso de presentar más de una solicitud sin anotación al respecto, se tomará como orden de prelación el orden cronológico de registro de entrada.
  • En el modelo de solicitud se deberá optar por una de las dos modalidades:
    • -Modalidad A. Una ayuda directa, proporcional a la superficie útil de cada vivienda destinada al alquiler o cedida en uso, de hasta un máximo de 250 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con cargo a los fondos estatales, y una ayuda de hasta 100 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con cargo a fondos autonómicos.
      • La cuantía máxima de esta subvención no podrá superar el 50 % de la inversión de la actuación, con un límite máximo de 36.750 euros por vivienda.
    • -Modalidad B. Una ayuda directa, proporcional a la superficie útil de cada vivienda destinada al alquiler o cedida en uso, de hasta un máximo de 215 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con cargo a los fondos estatales, y una ayuda de hasta 85 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con cargo a fondos autonómicos.
      • La cuantía máxima de esta subvención no podrá superar el 40 % de la inversión de la actuación, con un límite máximo de 31.500 euros por vivienda.

Plazo de ejecución de y de justificación de las actuaciones realizadas.

  • 1. El plazo máximo de ejecución de las actuaciones objeto de ayuda es de un máximo de 30 meses desde la fecha de concesión de la ayuda, salvo que se trate de promociones de más de 50 viviendas en cuyo caso el plazo máximo es de 36 meses o que se trate de actuaciones de rehabilitación en cuyo caso es de 24 meses como máximo.
  • El plazo de  justificación será de dos meses desde la finalización del plazo máximo de ejecución.
  • Para la justificación de las actuaciones realizadas, se presentará la documentación relacionada en el procedimiento en la que se indica "necesaria para el pago de la ayuda". Se recuerda que  todos los gastos/pagos justificativos de la actuación tendrán que estar realizados antes de la finalización del plazo de justificación.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

a) Las personas físicas mayores de edad.b) Las Administraciones Públicas, los organismos públicos y demás entidades de derecho público y privado, así como las empresas públicas, privadas, público-privadas y sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por las Administraciones Públicas.c) Las fundaciones, las empresas de economía social y sus asociaciones, cooperativas de autoconstrucción, las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones declaradas de utilidad pública, y aquéllas a las que se refiere la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local..

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA (A14028862)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

 Las actuaciones de fomento del parque de viviendas en alquiler/cesión de uso podrán ser iniciadas por:

a) Personas físicas mayores de edad con nacionalidad española o de alguno de los estados UE o en caso de terceros estados, con residencia legal en España.

b) Personas jurídicas debidamente constituidas de acuerdo a la legislación que les sea de aplicación.

c) Entidades sin personalidad jurídica que cuenten con el acuerdo, validamente adoptado por sus integrantes relativo al compromiso de ejecución de la actuación por la que se solicita la ayuda.

d) No incurrir en los supuestos de exclusión de la condición de personas beneficiarias de las ayudas establecidas en la legislación de subvenciones; de régimen electoral y en materia tributaria.

Requisitos posteriores

  •  

    1º) Para la concesión de la ayuda:

    a) Actuaciones de nueva construcción, rehabilitación o reanudación de obras,  iniciadas a partir de 01/01/2019, sitas en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

    b) Contar con el correspondiente Acuerdo de comisión bilateral (Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; CARM y Ayuntamiento en el que se situe la actuación).

    c) Cumplimiento de normativa urbanística y de edificación.

    d) Calificación energética minima B

    e) Destino de las viviendas a arrendamiento o cesión de uso durante 25 años con la debida anotación registral.

    f) Limitación de los precios de renta y cesión

    g) Destino de las viviendas a personas con recursos económicos limitados.

    2) Para la percepción de la ayuda:

    a) Domiciliación del pago de la ayuda en alguna entidad financiera o de crédito.

    b) No icurrir en los supuestos que impiden la percepción de la ayuda concedida en aplicación de la legislación de subvenciones.

    c) Justificar en tiempo y forma ante el órgano concedente de la ayuda la realización de la actuación subvencionada de acuerdo a la regulación establecida en la correspondiente convocatoria (artículos 23, 24 y 25 de la Orden de convocatoria de las ayudas).

    d) Cumplir con las obligaciones que establece la convocatoria para las personas solicitantes/beneficiarias y perceptoras de las ayudas de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 (obligaciones de las personas beneficiarias) y 26 (obligaciones de las personas perceptoras ) de la Orden de convocatoria de las ayudas. Entre otras:

    i) Comunicar en cualquier momento de la tramitación las circunstancias que modifiquen la solicitud y que influyan en el otorgamiento/percepción de la ayuda.

    ii) Someterse a actuaciones de comprobación.

    iii) Custodia de la documentación necesaria.

    iv) Respetar el destino de las viviendas y arrendarlas o cederlas en uso al colectivo destinatario definido en la regulación de la ayuda.

    v) Proceder al reintegro de los fondos cuando asi se resuelva.

    vi) Actualizar quinquenalmente la relación de contratos de arrendamiento/cesión vigentes.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud Subvenciones destinadas al Fomento del Parque de Vivienda en Alquiler Plan 2018-2021
  • Memoria de actividades a desarrollar
    (Obligatorio / No original)
    Memoria-programa, que defina cada actuación en todos sus extremos, con indicación de sus características, número de inmuebles diferenciados por usos, superficie útil y construida con justificación de la viabilidad económica de dicha actuación (documentación necesaria para la concesión de la ayuda)
  • Anteproyecto
    (Obligatorio / No original)
    Anteproyecto, proyecto básico o proyecto de ejecución de la actuación firmado por técnico competente y visado cuando fuere necesario, de acuerdo con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE) y al RD 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, incluyendo la certificación energética y planos de las viviendas y anejos que componen la actuación (documentación necesaria para la concesión) actuación.
  • Presupuesto de la obra
    (Obligatorio / No original)
    Presupuesto de ejecución material, gastos generales y beneficio industrial. Presupuesto de otros gastos que podrá incluir: el coste del suelo, de la edificación, los gastos generales, de los informes preceptivos, el beneficio industrial y cualquiera otro necesario, siempre y cuando todos ellos consten debidamente acreditados. En el caso de actuaciones de rehabilitación no se admitirá la inclusión del coste del suelo. En el caso de las viviendas o promociones reanudadas no se admitirá la inclusión del coste del suelo ni de las partidas ejecutadas con anterioridad a la reanudación. No se podrán incluir impuestos, tasas o tributos (documentación necesaria para la concesión de la ayuda).
  • Presupuesto
    (Obligatorio / No original)
    Repercusión de los costes de construcción por metro cuadrado de superficie útil y construida y diferenciada para cada uno de los usos que integran el inmueble (documentación necesaria para la concesión de la ayuda).
  • Licencia municipal de obras
    (No obligatorio / No original)
    Licencia municipal para ejecutar la correspondiente actuación (documentación acreditativa para el pago de la ayuda concedida).
  • Certificado de dirección de obra
    (No obligatorio / No original)
    Certificado de inicio de obra realizado por el técnico director de obra (documentación necesaria para el pago de la ayuda concedida).
  • Acreditacion de disponibilidad
    (No obligatorio / No original)
    Documento administrativo acreditativo de la cesión o la concesión administrativa del suelo o, en su caso, escritura pública de constitución del derecho de superficie o de titularidad del suelo o de titularidad del edificio a rehabilitar (documentación necesaria para el pago de la ayuda concedida).
  • Memoria justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Una memoria de la actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión, con indicación de la actuación realizada y de los resultados obtenidos en la que quede constancia de ocupación en régimen de arrendamiento o cesión en uso de un mínimo del 20 % de las viviendas acogidas a las ayudas (documento necesario para el pago de la ayuda concedida).
  • Certificado de eficiencia energética del edificio.
    (No obligatorio / No original)
    Calificación energética mínima B de las viviendas objeto de ayuda (documentación necesaria para el pago de la ayuda concedida).
  • Inscripción en el Registro administrativo correspondiente.
    (No obligatorio / No original)
    La anotación registral en el registro de la propiedad en nota marginal de la obligación de destinar las viviendas al destino previsto (arrendamiento o cesión de uso) durante el plazo de 25 años establecido en la normativa reguladora de las ayudas (documentación necesaria para el pago de la ayuda concedida).
  • Memoria presupuesto
    (No obligatorio / No original)
    Una memoria económica justificativa del coste de la actuación subvencionable, que contendrá: relación clasificada de los gastos e inversiones de la actuación, con identificación de la parte acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago y las desviaciones que se hayan producido con respecto al presupuesto presentado. (documentación necesaria para el pago de la ayuda concedida).
  • Declaración sobre otras ayudas económicas
    (No obligatorio / No original)
    En el caso que proceda: detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia (documentación necesaria para el pago de la ayuda concedida)
  • Justificantes del pago de las facturas
    (No obligatorio / No original)
    Si la ayuda concedida excede los 60.000 euros: las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y la documentación acreditativa del pago (documentación necesaria para el pago de la ayuda concedida).
  • Justificante de pago
    (No obligatorio / No original)
    En caso en que proceda: carta de pago de reintegro de remanentes e intereses legales (documentación necesaria para el pago de la ayuda concedida).
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    Documento acreditativo de la representación
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    Documentación acreditativa para argumentar alegaciones y aportar documentación según requerimientos publicados en el portal.
  • Documento de identidad: NIF
    (No obligatorio / No original)
    Datos de identidad / residencia legal.
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Documentación justificativa para cumplir trámites y aportar documentación según requerimientos publicados en el portal.
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Anexo para aportar certificado en caso de NO Autorización u Oposición a la obtención de los datos por el órgano administrativo.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Solicitud Subvenciones destinadas al Fomento del Parque de Vivienda en Alquiler Plan 2018-2021   [Fuera de plazo: 26-11-2021 – 25-12-2021]
  • Solicitud de pago 1ª Convocatoria   [Abierta: Continua]   

    Este formulario ha de utilizarse para solicitar el pago de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de convocatoria de estas ayudas para el año 2019.

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene / De oficio: Desestimatorio

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada DIRECTOR/A GENERAL VIVIENDA Y ARQUITECTURA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia