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Organización y Funciones

Servicio de Información e Integración Ambiental

Subdirección General de Evaluación y Calidad Ambiental > Dirección General de Medio Ambiente > Secretaría Autonómica de Energía, Sostenibilidad y Acción Climática > Órganos Directivos > Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Responsable: Mario Luis Urrea Pérez
Finca: Edificio Administrativo Juan XXIII
Dirección: Plaza Juan XXIII, 4. 30008, Murcia
Teléfono: 968 35 85 49 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Email: mariol.urrea@carm.es
Funciones:

Le corresponde el ejercicio de las funciones de planificación, coordinación, dirección y control en relación con las siguientes actuaciones:

a) Desarrollo de trabajos de análisis y evaluación del estado de los recursos naturales, de los sistemas de indicadores y de las estadísticas medioambientales.

b) Elaboración, supervisión y difusión de cartografía de carácter ambiental, incluida la relativa a los montes y vías pecuarias.

c) Mantenimiento de los servicios de información geográfica y delineación de la Dirección General.

d) Desarrollo y mantenimiento del Sistema de Información Geográfica y Ambiental.

e) Coordinación, organización y conservación del Fondo Documental y Banco de datos del Medio Natural de la Región de Murcia.

f) Desarrollo del Punto Focal Autonómico de la Red EIONET.

g) Elaboración, seguimiento financiero y evaluación de las actuaciones medioambientales de planes, programas y proyectos con financiación externa, en particular los programas de desarrollo rural y programas operativos de fondos estructurales.

h) Integración y emisión de los informes técnicos que la Dirección General deba realizar en los procedimientos de evaluación de planes y programas y de evaluación ambiental de proyectos.

i) Integración y emisión de los informes sobre evaluación de repercusiones en los espacios protegidos de la Red Natura 2000.

j) Integración y emisión de los informes técnicos que la Dirección General deba realizar en los procedimientos de carácter sectorial de actuaciones de la Administración General del Estado, Administración Regional y Local.

k) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.