Salud
Organización y Funciones
Secretaría General de Salud
Órganos Directivos > Consejería de Salud > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Responsable: | Andrés Torrente Martínez |
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Perfil: | |
Finca: | Edificio Administrativo Ronda de Levante |
Dirección: | Ronda de Levante, 11. 30008, Murcia |
Teléfono: | 968 37_.-1_.-1 5_.-11 86 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36_.-1_.-1 2_.-10 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM) |
Email: | andres._.-1torr_.-1ente@ca_.-1rm.es |
Funciones: |
La Secretaría General ejercerá las funciones generales que le reconoce el artículo 17 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Publica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Entre estas, asume las funciones y competencias de programación, gestión y contratación de los proyectos de inversión en obras que afecten a cualesquiera centros y recursos sanitarios del ámbito de la atención primaria de salud, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuadragésima séptima de la Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023. Asimismo, ejercerá las competencias de dirección y coordinación en materia de tutela de los derechos y obligaciones de los usuarios del sistema sanitario público regional. Asume, a su vez, el ejercicio de las competencias y funciones que correspondan a la Inspección de los Servicios Sanitarios en materia de inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Sin perjuicio de las funciones de control e intervención previstas en el artículo 33 de la Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia y de las atribuidas en este ámbito a otros órganos de la Administración Regional, la Secretaría General ejercerá, asimismo, las competencias de control, inspección y evaluación de las actividades del Servicio Murciano de Salud atribuidas a la Consejería competente en materia de sanidad en el artículo 6. e) de la citada Ley 4/1994, de 26 de julio. A tal efecto, podrá requerir y recabar a los diferentes órganos y unidades del Ente Público adscrito cuanta información se considere necesaria para la comprobación y control de actuaciones y programas que se proyecten o realicen con repercusión económico-presupuestaria. Asimismo, y en este sentido, en coordinación con el órgano competente en materia de digitalización, llevará a cabo las actuaciones necesarias relacionadas con el control de gasto y eficiencia en materia de innovación tecnológica sanitaria, sirviendo dicha innovación para establecer procesos que contribuyan a los fines de control anteriormente previstos. |
Unidades Organizativas Dependientes
- Asesoría de Apoyo Técnico
-
Vicesecretaría
- Servicio de Régimen Interior
- Servicio Jurídico
- Servicio Económico y de Contratación
- Servicio de Desarrollo Normativo
- Servicio de Obras y Mantenimiento
- Coordinación General en materia de Atención al Ciudadano e Inspección de Centros Sanitarios
Contenidos Asociados:
Organigrama de la Consejería de Salud
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