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Organización y Funciones

Servicio de Epidemiología

Dirección General de Salud Pública y Adicciones > Órganos Directivos > Consejería de Salud > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Responsable: Mª Dolores Chirlaque López
Finca: Edificio Administrativo Ronda de Levante
Dirección: Ronda de Levante, 11. 30008, Murcia
Teléfono: 968 36 61 95 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Email: mdolores.chirlaque@carm.es
Funciones:

1. Le corresponde la planificación, coordinación, dirección y control de las unidades dependientes del Servicio y, en especial, el ejercicio de las siguientes funciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 32 de este Decreto:

a) Programación, coordinación, control y evaluación de los estudios epidemiológicos sobre enfermedades transmisibles y procesos crónicos con especial repercusión sobre la salud, así como el control de dichas enfermedades y procesos crónicos.

b) Organización y coordinación de los Registros de cáncer, mortalidad y de cuantos otros existan en relación con estudios de carácter epidemiológico, de enfermedades transmisibles y no transmisibles; así como del sistema de información de toxicomanías, a través, en su caso, del «Observatorio Regional de Drogas», en coordinación con las unidades correspondientes de la Dirección General competente en materia de coordinación de drogas.

c) Organización y supervisión de las estadísticas elaboradas por la Sección correspondiente.

2. Para el cumplimiento de sus funciones el Servicio de Epidemiología contará con:

a) La Sección de Estudios Epidemiológicos.

b) La Sección de Vigilancia Epidemiológica.

c) Los Técnicos en materia de Estadísticas Sanitarias.

3. A las unidades reseñadas en el apartado 2 de este artículo les corresponderán el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación y control de las actuaciones desarrolladas por las unidades de ellas dependientes y, en especial:

a) A la Sección de Estudios Epidemiológicos, la propuesta, informe y ejecución de los proyectos de investigación epidemiológica, la gestión del Registro de Cáncer, y de cuantos otros existan en relación con las enfermedades no transmisibles, así como la elaboración de estadísticas sanitarias.

b) A la Sección de Vigilancia Epidemiológica, la vigilancia epidemiológica de las enfermedades transmisibles, así como la recepción y análisis de la información sobre las enfermedades de declaración obligatoria y los brotes epidémicos, la gestión de los registros del SIDA y de otros procesos de enfermedades transmisibles, la elaboración de estadísticas sanitarias y proyectos de investigación sobre vigilancia epidemiológica.

c) A los Técnicos en materia de Estadísticas Sanitarias, encargados de la elaboración de estadísticas sanitarias, la gestión del registro de mortalidad y la coordinación con otras unidades estadísticas.

Su número vendrá determinado en la Relación de Puestos de Trabajo.