1. Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
a) La planificación, desarrollo y evaluación de los planes de formación, inicial y permanente, del profesorado.
b) La gestión de la innovación e investigación educativa.
c) La gestión de la red de Centros de Profesores y Recursos, la formación y evaluación de los directores y asesores de formación, así como las propuestas relativas a su selección y el registro de formación del profesorado.
d) La coordinación y gestión de los programas europeos y transnacionales en materia de educación.
e) La gestión y coordinación del proyecto Plumier para la integración de las tecnologías de la información y la comunicación en la educación.
f) La administración y coordinación de los contenidos del portal educativo y la gestión de plataformas digitales para teleformación.
g) La formulación de propuestas de convenios y acuerdos de colaboración para el desarrollo de la formación del profesorado, la innovación educativa y las tecnologías de la información y la comunicación.
h) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.
2. Para el cumplimiento de sus funciones, este Servicio contará con el número de Asesores y/o Técnicos que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo.