1. Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
a) La ordenación académica, la evaluación de la Educación Permanente de Adultos, incluida la Educación a Distancia, así como su desarrollo curricular, en coordinación con la Dirección General de Enseñanzas Escolares.
b) La formulación de criterios y directrices pedagógicas respecto a equipamiento escolar y material didáctico de los centros correspondientes a la Educación Permanente de Adultos, así como la propuesta de contratación de los mismos.
c) La planificación y propuesta de autorización de nuevos centros u ofertas formativas, promoción y difusión de estas enseñanzas, así como propuestas de convenios y acuerdos de colaboración con otras instituciones para el desarrollo de la Educación Permanente y a Distancia.
d) Los informes de las propuestas de autorización de centros privados de Educación Permanente y a Distancia.
e) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.
2. Para el cumplimiento de sus funciones, este Servicio contará con el número de Asesores y/o Técnicos que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo.