Educación y Formación Profesional
Organización y Funciones
Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial
Subdirección General de Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente > Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente > Órganos Directivos > Consejería de Educación y Formación Profesional > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Responsable: | Luis González Marín |
---|---|
Finca: | Edificio Administrativo Galerías |
Dirección: | Avda. Gran Vía Escultor Salzillo. 32. 30005, Murcia |
Teléfonos: | 96_.-18 92_.-1 40 2_.-13 / 96_.-18 18_.-1 90 0_.-19 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 96_.-18 36_.-1 20 0_.-10 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM) |
Email: | lu_.-1is.gonzal_.-1ez4@carm_.-1.es |
Funciones: |
1. Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones, sobre las enseñanzas escolares de régimen especial: a) La ordenación académica, la evaluación y el desarrollo curricular de estas enseñanzas. b) La formulación de criterios y directrices pedagógicas para la adquisición de equipamiento escolar y material didáctico, así como respecto a la evaluación, selección y promoción del personal docente. c) La planificación y propuesta de autorización de centros y enseñanzas. d) El informe sobre autorización de bachilleratos que afecten a estas enseñanzas. e) Los informes y propuestas normativas sobre los centros que impartan enseñanzas de régimen especial. f) Los informes y propuestas sobre acciones de formación del profesorado. g) El impulso y el fomento de las relaciones de coordinación y cooperación de los centros de enseñanzas artísticas con instituciones y organismos que desarrollen su actividad en el sector artístico y cultural. h) La gestión administrativa y económica de los centros de régimen especial, así como las instrucciones de organización y funcionamiento de los mismos. i) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias. 2. Para el cumplimiento de sus funciones, este Servicio contará con: a) La Sección de Gestión de Centros de Régimen Especial, a la que le compete la colaboración en la realización de las tareas relacionadas con los centros que imparten Enseñanzas de Régimen Especial, y la gestión económica de los mismos. b) El número de Asesores y/o Técnicos que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo. |
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