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Organización y Funciones

Servicio de Ordenación Académica

Subdirección General de Evaluación Educativa y Ordenación Académica > Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación > Órganos Directivos > Consejería de Educación y Formación Profesional > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Responsable: María Teresa González Úbeda
Finca: Edificio Administrativo Galerías
Dirección: Avda. Gran Vía Escultor Salzillo. 32. 30005, Murcia
Teléfono: 968 27 96 34 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Email: teresa.gonzalez7@carm.es
Funciones:

Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

a) La ordenación académica de las enseñanzas escolares de régimen general, sin perjuicio de la coordinación con la Dirección General de Formación Profesional e Innovación Educativa y el Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial, en el ámbito de sus respectivas competencias.

b) La planificación y propuesta de autorización de las nuevas enseñanzas y, en su caso, la formulación de los criterios que deben regir la adecuación de las titulaciones afectadas.

c) La colaboración en la elaboración y difusión de materiales curriculares, en coordinación con la Unidad que tiene atribuida esta materia.

d) La propuesta de resolución sobre situaciones académicas que afecten al alumnado que curse enseñanzas escolares de régimen general.

e) La realización de propuestas sobre las normas de convivencia en los centros docentes, así como la gestión de las incidencias que se planteen sobre las mismas.

f) La determinación de los criterios para la supervisión de los libros de texto y materiales curriculares.

g) La edición, gestión y registro de los Libros de Escolaridad y Calificaciones acreditativos de los estudios de los diferentes niveles y etapas.

h) La formulación de criterios y directrices pedagógicas respecto a la construcción, equipamiento escolar y material didáctico, así como respecto a la evaluación, selección y promoción del personal docente, a solicitud de la Dirección General competente.

i) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.