Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Organizadores de Congresos: altas, bajas y modificaciones (código 2179) (SIA 207501)

Información Básica

Objeto:

Obtener la clasificación de los organizadores profesionales de congresos (altas), así como comunicar el cese de la actividad (baja) o cualquier modificación de las circunstancias que concurrían en el momento de inicio de la actividad (cambios).

Información de Interés

Los Organizadores Profesionales de Congresos no podrán realizar las actividades propias y exclusivas de las agencias de viajes.

La clasificación conlleva la inscripción de oficio en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia.

Cuando los OPCs con casa central radicadas en otras Comunidades Autónomas, Estados Miembros de la Unión Europea o pertenecientes al

Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo pretendan abrir establecimientos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio de su actividad, deberán presentar la correspondiente  declaración responsable.

.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Persona física o jurídica que se dedique a dicha actividad.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14036695)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Tienen la consideración de organizadores profesionales de congresos las personas físicas y jurídicas que se dediquen profesionalmente a las funciones de organización, dirección y control de congresos, ferias, convecciones y otros eventos de naturaleza análoga.

Para ejercer como organizador profesional de congresos con casa central radicada en el Región de Murcia  deberá presentar con carácter previo al inicio de su actividad la correspondiente declaración responsable.

Requisitos posteriores

Será obligatoria la exhibición, junto a la entrada principal y en lugar visible de una placa identificativa de conformidad con el modelo establecido en el

Anexo  del decreto 280//2007, DE 3 DE agosto, por el que se regulan los organizadores profesionales de congresos de la Región de Murcia.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Declaración responsable de clasificación turística
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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