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Organización y Funciones

Servicio de Régimen Interior

Vicesecretaría > Secretaría General de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes > Órganos Directivos > Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Funciones:

1. Al Servicio de Régimen Interior le corresponde en el ejercicio de las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las unidades administrativas dependientes del mismo y, en particular, las siguientes:

a) En materia de recursos humanos, la gestión del personal dependiente de la Consejería de conformidad con la legislación vigente.

b) En materia de asuntos generales, cuantos asuntos de tal carácter sean competencia de la Consejería, así como los relativos a la organización y coordinación del régimen interior de los servicios de la misma; a la organización y gestión del archivo e inventario de los bienes; al mantenimiento y conservación de equipos e instalaciones de la Consejería; a la gestión de medios materiales y servicios auxiliares; a la formación de estadísticas en materias que afecten a la Consejería en colaboración con el órgano competente en la materia en el ámbito de la Administración regional.

c) Documentación, gestión de fondos bibliográficos y publicaciones técnicas de la Consejería; apoyo y asistencia en materia de información y documentación; elaboración de la memoria anual del departamento.

d) La gestión de la prevención de riesgos laborales y de la formación del personal de la Consejería en coordinación y bajo las directrices del órgano competente en la materia.

e) La coordinación interna y el seguimiento del cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que afecten a los órganos directivos de la Consejería u Organismos adscritos, en su caso, de conformidad con los criterios que se establezcan por los Órganos competentes de la Administración regional en materia de Agenda 2030.

Asimismo, le corresponderá la remisión al Órgano Directivo competente en materia de Agenda 2030 de la Consejería que tenga atribuidas las competencias con carácter transversal sobre Objetivos de Desarrollo Sostenible, de la información que se le requiera para la elaboración por parte de la Administración General del Estado, de los informes anuales de seguimiento.

f) Ejecución, informe y propuesta de las actuaciones relativas a la Comisión de Secretarios Generales; control y coordinación de la publicación oficial de las disposiciones y actos administrativos de la Consejería; conservación, actualización y custodia del Registro Sectorial de Convenios; coordinación con el Servicio de Relaciones Institucionales competente en materia de relaciones con la Asamblea Regional; control y seguimiento del Tablón Oficial de Anuncios de la Consejería y cualesquiera otras que le sean encomendadas.

g) En materia de control de calidad de los servicios, le corresponde la elaboración de programas relativos a la organización, racionalización y métodos de trabajo de los servicios de los distintos centros de la Consejería; la organización y coordinación de la información administrativa y la asistencia e información al ciudadano, sin perjuicio de las competencias en la materia atribuidas a otras unidades administrativas de la Consejería.

h) La propuesta, ejecución e informe de las actividades de la Consejería en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y aquellas otras funciones que le correspondan en esta materia.

i) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.

2. Para el cumplimiento de sus funciones el Servicio de Régimen Interior contará con las siguientes Secciones, a la que les corresponde la coordinación, dirección y control de las actividades desarrolladas por las unidades administrativas dependientes, así como la ejecución, informe y propuesta al superior jerárquico en relación a las cuestiones pertenecientes a las materias competencia del Servicio que se indican a continuación:

a) Sección de Personal: las establecidas en la letra a) del apartado anterior.

b) Sección de Asuntos Generales: las establecidas en las letras b), c), d) y e) del aparatado anterior.

c) Sección de Coordinación Administrativa, Calidad e Igualdad: las establecidas en las letras f), g) y h) del apartado anterior.