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Organización y Funciones

Servicio Jurídico

Vicesecretaría > Secretaría General de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes > Órganos Directivos > Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Funciones:

Al Servicio Jurídico le corresponde en el ejercicio de las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las unidades administrativas dependientes del mismo, y, en particular, las siguientes:

a) Elaboración y/o informe, según proceda, de los anteproyectos o proyectos de disposiciones de carácter general, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos directivos.

b) Tramitación y propuesta de resolución de las reclamaciones y recursos, así como su tramitación y posterior seguimiento una vez agotada la vía administrativa, en los casos en que no estén asignados expresamente a otros órganos directivos, sin perjuicio de las competencias de la Dirección de los Servicios Jurídicos.

c) Preparación de compilaciones legales, doctrinales y jurisprudenciales.

d) Supervisión e informe de las disposiciones antes de su remisión al Boletín Oficial de la Región de Murcia para su publicación, así como de todas las actuaciones relativas a cuantos asuntos hayan de remitirse al Consejo de Gobierno, a la Dirección de los Servicios Jurídicos o al Consejo Jurídico de la Región de Murcia.

e) Informe sobre los convenios que celebre la Consejería con otras administraciones o entidades públicas o privadas, sin perjuicio de las facultades que correspondan a los órganos directivos en su ámbito competencial.

f) Coordinación de la actuación de las unidades de asesoramiento jurídico dependientes de los distintos órganos directivos de la Consejería, de acuerdo con los criterios que, con carácter general, establezca la Dirección de los Servicios Jurídicos.

g) La promoción y difusión de la transparencia y publicidad activa y la recepción, tramitación y resolución de las solicitudes de acceso a la información en el ámbito de la respectiva Consejería y de sus organismos adscritos, y aquellas otras funciones que le correspondan en esta materia.

h) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de su competencia.