Corresponde a la Dirección General de Personas con Discapacidad la dirección y coordinación de las competencias del Instituto Murciano de Acción Social en materia de gestión de servicios, centros y programas para la atención a personas con discapacidad física, intelectual o sensorial; enfermedad mental crónica; con riesgo de exclusión; o cualquier otro colectivo necesitado de protección social que reglamentariamente se determine, cuando razones justificadas así lo aconsejen y los colectivos que se incluyan se encuentren en los que el artículo 10 de la Ley 3/2003, de 10 de abril, configura como servicios sociales especializados.
En especial le corresponde con respecto a los colectivos de su competencia:
a) La gestión de los centros residenciales y centros de día cuya titularidad corresponda a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) El reconocimiento del derecho de admisión para ingreso en centros residenciales y de día, tanto propios como concertados, y la gestión de la correspondiente lista de espera.
c) El reconocimiento del derecho de ingreso en centros residenciales y de día.
d) Resolver el traslado entre centros y servicios de su competencia.
e) La adopción de las resoluciones correspondientes ante incomparecencia o incumplimiento de la acreditación de requisitos por los interesados en casos de ingreso en centros residenciales y de día, tanto propios como concertados.
f) La resolución de pérdida de la condición de residente o de ampliación del plazo de ingreso en los centros residenciales y de día, tanto propios como concertados.
g) La gestión, tramitación, control y asistencia técnica de la acción concertada para la reserva y ocupación de plazas, proponiendo a la Dirección Gerencial la celebración de convenios u otros instrumentos de cooperación.
h) La gestión de servicios, programas y prestaciones técnicas para los colectivos de su competencia en centros residenciales y de día, atendiendo en particular la gestión de la formación ocupacional, del apoyo a la accesibilidad y movilidad, promoción del ocio y tiempo libre.
i) La gestión de las prestaciones técnicas, apoyo y asistencia a los órganos de participación de los centros.
j) La propuesta de resolución de concesión de subvenciones, la modificación, extinción y denegación de las subvenciones concedidas para el desarrollo de actuaciones dirigidas a los colectivos de su competencia así como su gestión y seguimiento.
k) Elaboración, desarrollo y ejecución de planes y proyectos específicos dirigidos a los colectivos de su competencia, en el marco establecido por la planificación de la Consejería competente en materia de servicios sociales.
l) La propuesta para la elaboración de anteproyectos y proyectos de disposiciones de carácter general y de cualquier otra normativa específica, que elevará al Director Gerente para su tramitación.
m) La información especializada del sistema de prestaciones técnicas y servicios en las áreas de su competencia.
n) La coordinación, ejecución y seguimiento de los planes y programas con otras Administraciones Públicas así como con la Unión Europea sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
o) Cualquier otra que se le atribuya legal o reglamentariamente.
Bajo la dependencia directa de la Dirección General de Personas con Discapacidad existirá una Subdirección General como unidad encargada de coordinar, impulsar y supervisar las unidades que conforman el citado centro directivo. Prestará el apoyo y asesoramiento necesario al titular de la Dirección General, al que sustituirá en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.