968 _.-136_.-1 61 3_.-18
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Email:
jose_.-1l.marti_.-1nez3_.-1@carm.es
Funciones:
1. Al Servicio de Gestión y Programación del Presupuesto de Ingresos le corresponden las siguientes funciones:
a) La colaboración en la redacción de la Orden de elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en lo relativo al estado de ingresos.
b) La elaboración del anteproyecto de presupuesto de ingresos de la Comunidad Autónoma, coordinando las propuestas formuladas por las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y otros Entes Públicos integrantes de la Comunidad Autónoma.
c) La realización del seguimiento de la materialización de los ingresos presupuestarios.
d) El seguimiento de la ejecución de gastos con financiación afectada. A tal efecto, informará los expedientes de modificaciones presupuestarias que afecten a partidas con financiación afectada. En el caso de que se trate de fondos europeos, requerirá a la Subdirección General de Fondos Europeos los informes que resulten necesarios.
e) El análisis y la tramitación de las propuestas de modificación de las clasificaciones del presupuesto de ingresos.
f) La colaboración con el Servicio de Programación del Presupuesto de Gastos en la confección del escenario de gastos con financiación afectada del anteproyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
g) La elaboración de manuales y la realización de estudios sobre materias relacionadas con las funciones atribuidas a este Servicio.
h) La coordinación y asesoramiento a los servicios económicos de las diferentes Consejerías en las materias propias del Servicio.
i) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.
2. Para el desarrollo de sus funciones, el Servicio de Gestión y Programación del Presupuesto de Ingresos contará con la Sección de Gestión Presupuestaria de Ingresos, a la que competen las funciones del Servicio en materia de ejecución del presupuesto de ingresos y el seguimiento de los gastos con financiación afectada.
3. Asimismo, el Servicio contará con el número de puestos de asesoramiento y/o técnicos que se determinen en la relación de puestos de trabajo.