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Organización y Funciones

Consejo de Administración

Órganos de Gobierno > Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) > Organismo Autónomo > Consejería de Política Social, Familias e Igualdad > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Funciones:

Son atribuciones del Consejo de Administración además de las recogidas en el artículo 6.8 de la Ley 1/2006, de 10 de abril, de Creación del Instituto Murciano de Acción Social, las siguientes:

a) Elevar al Presidente del Instituto propuestas sobre medidas normativas o actuación en materia de acción social.

b) Conocer las propuestas de convocatoria de subvenciones y disposiciones de carácter general en materias que sean competencia del Instituto.

c) Ser informado con carácter previo a su autorización por el Consejo de Gobierno de aquellos convenios cuya cuantía exceda de 300.000 euros, así como de los demás convenios de colaboración que se hayan celebrado.

d) Ser informado con carácter previo a su celebración de los contratos cuyo importe sea superior a 300.000 euros.

e) Deliberar y decidir sobre cualquier otro asunto relacionado con las competencias y funciones del Instituto que, por su importancia o trascendencia, le someta a su consideración el Presidente.

f) Proponer de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la creación de comisiones técnicas o grupos de trabajo para materias determinadas así como su composición y funciones.

g) Cualesquiera otras que pudieran corresponderle en virtud de disposición legal o reglamentaria.