Plaza Juan XXIII, esquina Ronda de Levante, nº 16, Murcia
Teléfono:
96_.-18 36_.-1 62 1_.-14
(Para consultas llamar al teléfono 012 o 96_.-18 36_.-1 20 0_.-10 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Email:
juani.p_.-1erezdeon_.-1tiveros@car_.-1m.es
Funciones:
1.- Le corresponde el ejercicio de las funciones de coordinación, dirección y control de las Secciones dependientes del Servicio, y en especial las siguientes atribuciones:
a) La gestión, control y tramitación del pago de las pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social ya aprobadas, sus modificaciones, altas, bajas, mejoras y complementos.
b) La gestión, control y tramitación del pago de las pensiones asistenciales y subsidios regulados en el Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, sus modificaciones, bajas, mejoras y complementos.
c) La emisión de informes y propuestas de resolución en materia de su competencia.
d) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.
2.- Para el cumplimiento de sus funciones el Servicio de Pensionistas se estructura en las siguientes unidades administrativas:
a) La Sección de Pagos, a la que competen las funciones de ejecución de las actuaciones correspondientes al Servicio en materia de elaboración de la nómina de pensionistas y perceptores de subsidios, control de pagos, retrocesiones, retenciones y reintegros por percepciones indebidas, así como la dirección, coordinación y control de las actividades desarrolladas por las unidades dependientes de la Sección.
b) La Sección de Control de Pensionistas, a la que competen las funciones de ejecución de las actuaciones correspondientes al Servicio en materia de estudio y confección del Fichero Técnico de Pensionistas, de variaciones personales, familiares, de convivencia y declaraciones anuales de ingresos, así como la dirección, coordinación y control de las actividades desarrolladas por las unidades dependientes de la Sección.
c) La Sección de Seguimiento de Pensiones, a la que competen las funciones de ejecución de las actuaciones correspondientes del Servicio en materia de estudio y revisión de los expedientes de los pensionistas en los que se haya producido alteración de las circunstancias familiares, económicas y de cualquier otra índole que dieron lugar al reconocimiento de la pensión e implique la emisión de resolución de revisión, así como la dirección, coordinación y control de las actividades desarrolladas por las unidades dependientes de la Sección.