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Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital

Organización y Funciones

Servicio de Gestión Fiscal

Subdirección General de Tesorería > Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos > Órganos Directivos > Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Funciones:

1. Al Servicio de Gestión Fiscal le corresponden las siguientes funciones:

a) La realización de los trámites y gestiones necesarias para asegurar el adecuado cumplimiento de las obligaciones fiscales de la Comunidad Autónoma como sujeto pasivo tributario, ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

b) El análisis de los sistemas de información que dan soporte a la elaboración de los modelos fiscales, con la asistencia técnica de la Dirección General competente en materia de informática, a efectos de garantizar la calidad de la información fiscal de la Comunidad Autónoma.

c) El seguimiento del suministro de información fiscal por parte de las distintas Consejerías con responsabilidades en la materia, fomentando la colaboración y la armonización de procedimientos.

d) El estudio y análisis de la normativa de aplicación en materia fiscal, así como el seguimiento de los cambios normativos y la adaptación de los procedimientos vigentes a los nuevos requerimientos en la materia.

e) La preparación de instrucciones destinadas a los centros gestores, con el objetivo de unificar criterios y procedimientos de gestión en materia tributaria y resolver incidencias.

f ) La tramitación de los expedientes de embargos, retenciones y compensaciones de deudas, a realizar por la Comunidad Autónoma a instancia de órganos judiciales y administrativos.

g) El seguimiento e informe de los procedimientos de compensación de oficio de deudas iniciados por otras administraciones públicas.

h) La tramitación de expedientes de compensación de deudas a otras Administraciones Públicas.

i) La tramitación de expedientes de compensación de deudas, a instancia del interesado, en periodo voluntario de pago.

j) La ejecución de acuerdos de compensación dictados por los órganos de recaudación de deudas en vía ejecutiva.

k) La elaboración de manuales de procedimiento y estudios en relación con las materias que le sean propias.

l) Cualquiera otra que le sea encomendada o derivada de la normativa aplicable en relación con las materias que le sean propias.

2. El Servicio de Gestión Fiscal contará con el personal que se determine en
la Relación de Puestos de Trabajo.


Sección 4.ª Subdirección General de Fondos Europeos