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Organización y Funciones

Dirección General de Personas con Discapacidad

Dirección Gerencial > Órganos de Gestión > Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) > Organismo Autónomo > Consejería de Política Social, Familias e Igualdad > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Responsable: Miriam Pérez Albaladejo
Perfil:
Finca: Edificio Administrativo Alonso Espejo
Dirección: C/ Doctor Alonso Espejo, 7. 30007, Murcia
Teléfono: 968 36 57 02 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Email: miriam.perez@carm.es
Funciones:

Corresponde a la Dirección General de Personas con Discapacidad la dirección y coordinación de las competencias del Instituto Murciano de Acción Social en materia de gestión de servicios, centros y programas para la atención a personas con discapacidad física, intelectual o sensorial; enfermedad mental crónica; con riesgo de exclusión; o cualquier otro colectivo necesitado de protección social que reglamentariamente se determine, cuando razones justificadas así lo aconsejen y los colectivos que se incluyan se encuentren en los que el artículo 10 de la Ley 3/2003, de 10 de abril, configura como servicios sociales especializados.

En especial le corresponde con respecto a los colectivos de su competencia:

a) La gestión de los centros residenciales y centros de día cuya titularidad corresponda a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) El reconocimiento del derecho de admisión para ingreso en centros residenciales y de día, tanto propios como concertados, y la gestión de la correspondiente lista de espera.

c) El reconocimiento del derecho de ingreso en centros residenciales y de día.

d) Resolver el traslado entre centros y servicios de su competencia.

e) La adopción de las resoluciones correspondientes ante incomparecencia o incumplimiento de la acreditación de requisitos por los interesados en casos de ingreso en centros residenciales y de día, tanto propios como concertados.

f) La resolución de pérdida de la condición de residente o de ampliación del plazo de ingreso en los centros residenciales y de día, tanto propios como concertados.

g) La gestión, tramitación, control y asistencia técnica de la acción concertada para la reserva y ocupación de plazas, proponiendo a la Dirección Gerencial la celebración de convenios u otros instrumentos de cooperación.

h) La gestión de servicios, programas y prestaciones técnicas para los colectivos de su competencia en centros residenciales y de día, atendiendo en particular la gestión de la formación ocupacional, del apoyo a la accesibilidad y movilidad, promoción del ocio y tiempo libre.

i) La gestión de las prestaciones técnicas, apoyo y asistencia a los órganos de participación de los centros.

j) La propuesta de resolución de concesión de subvenciones, la modificación, extinción y denegación de las subvenciones concedidas para el desarrollo de actuaciones dirigidas a los colectivos de su competencia así como su gestión y seguimiento.

k) Elaboración, desarrollo y ejecución de planes y proyectos específicos dirigidos a los colectivos de su competencia, en el marco establecido por la planificación de la Consejería competente en materia de servicios sociales.

l) La propuesta para la elaboración de anteproyectos y proyectos de disposiciones de carácter general y de cualquier otra normativa específica, que elevará al Director Gerente para su tramitación.

m) La información especializada del sistema de prestaciones técnicas y servicios en las áreas de su competencia.

n) La coordinación, ejecución y seguimiento de los planes y programas con otras Administraciones Públicas así como con la Unión Europea sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.

o) Cualquier otra que se le atribuya legal o reglamentariamente.

Bajo la dependencia directa de la Dirección General de Personas con Discapacidad existirá una Subdirección General como unidad encargada de coordinar, impulsar y supervisar las unidades que conforman el citado centro directivo. Prestará el apoyo y asesoramiento necesario al titular de la Dirección General, al que sustituirá en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.

Unidades Organizativas Dependientes