de la Resolución de 14 de noviembre de 2001 y de la corrección de errores de 20 de noviembre de 2001, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se autorizan los centros y programas de Compensación Educativa de los diversos niveles educativos en el curso 2001-2002.
a la Orden de 17 de junio de 2004, por la que se establecen las bases y se convoca a los Centros Educativos Públicos de Cantabria para la realización de actuaciones de Compensación Educativa, publicada en el BOC número 125, de 28 de junio
de la Orden de 16 de diciembre de 2005, por la que se establecen y regulan las aulas de acogida en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia
a la Orden de 06/04/2010, por la que se regula el programa para la extensión de la atención educativa en las localidades donde existen centros no universitarios sostenidos con fondos públicos durante el ejercicio 2010 y se convoca a las corporaciones locales de Castilla-La Mancha a solicitar la suscripción de convenios para su implantación
por la que se determinan los criterios y procedimientos para la atención hospitalaria y domiciliaria del alumnado que requiera compensación educativa en educación primaria y educación secundaria obligatoria.
por la que se establecen las bases y se convoca a los Centros Educativos Públicos de Cantabria para la realización de actuaciones de Compensación Educativa
por la que se establecen medidas de compensación educativa para garantizar la escolarización del alumnado perteneciente a familias itinerantes y temporeras y se regula, al respecto, la cooperación con las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía
por la que se autoriza la impartición de los programas de apoyo a centros de educación primaria y secundaria contemplados en el Convenio suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ministerio de Educación y Ciencia, durante el curso 2005- 2006
992/2002, de las Consejerías de Educación y Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se establece la colaboración entre ambas Consejerías, para la atención educativa de la población hospitalizada en edad de escolaridad obligatoria
de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, de modificación de la Orden que regula la acción educativa para el alumnado que se encuentre en situaciones sociales o culturales desfavorecidas y las medidas de intervención educativa para el alumnado que manifieste dificultades graves de adaptación escolar.