967/2014, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado
91/2005, por el que se homologa el título de Licenciado en Comunicación Audiovisual, segundo ciclo, de la Facultad de Letras, de la Universidad de Lleida
90/2005, por el que se homologa el título de Licenciado en Ciencias del Trabajo, de solo segundo ciclo, de la Facultad de Derecho y Economía, de la Universidad de Lleida
588/2005, por el que se homologan los títulos de Diplomado en Terapia Ocupacional y de Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, de sólo segundo ciclo, de la Facultad de Ciencias de la Salud, la Actividad Física y del Deporte, de la Universidad Católica San Antonio de Murcia
587/2005, por el que se homologa el título de Ingeniero en Informática (segundo ciclo), de la Escuela Politécnica Superior, de la Universidad de Lleida
586/2005, por el que se homologa el título de Licenciado en Derecho, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y de la Empresa, de la Universidad Católica San Antonio de Murcia
497/2004, por el que se homologa el título de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, especialidad en Construcciones Civiles, de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, de la Universidad de A Coruña
496/2004, por el que se homologa el título de Licenciado en Comunicación Audiovisual, de la Facultad de Empresa y Comunicación, de la Universidad de Vic.