de la Dirección General de Coordinación y Política Educativa, por la que se modifica la Resolución de 15 de noviembre de 2001 por la que se dictan instrucciones para realizar la consulta a la comunidad educativa en el desarrollo de la Orden de 6 de septiembre de 2001 de la Consejería de Educación y Cultura de Castilla-La Mancha por la que se regula la autonomía de los centros educativos para definir la organización de los tiempos escolares.
de la Dirección General de Personal, por la que se convoca el procedimiento de acreditación para el ejercicio de la dirección en los centros docentes públicos no universitarios.
de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan elecciones de órganos de gobierno unipersonales en centros públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Enseñanzas de Régimen Especial del Principado de Asturias y se aprueban las bases para el desarrollo del proceso electoral.
111/2000, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Autonomía en la Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma.
276/1997, por el que se regula el procedimiento de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes
por la que se dictan instrucciones de funcionamiento para el curso 2001/2002 en los Centros de Educación de Personas Adultas dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
por la que se despliega la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, para determinados centros de primer ciclo de educación infantil
de la Consejería de Educación y Cultura, sobre elección y nombramiento de órganos unipersonales de gobierno de los centros públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Básica, Educación Secundaria y Enseñanzas de Régimen Especial del Principado de Asturias.