Admisión y matrícula de alumnos en la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia (código 1915) (SIA 201272)

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Información Básica

Objeto:

Convocar procedimiento para  la admisión y la matriculación del alumnado en la Escuela Superior de Arte Dramático para el curso 2024-2025.

 

Información de Interés

  • 1. La admisión en la Escuela Superior de Arte Dramático se efectuará a través de las siguientes vías de acuerdo a lo establecido en el punto vigésimo cuarto de la Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente por la que se establece la ordenación de los estudios superiores de Arte Dramático, el plan de estudios y se regula la prueba específica de acceso.
  • a) Acceso a primer curso:
  • I. Habiendo realizado la prueba de acceso en el propio centro en el que solicita la admisión.
  • II. Habiendo realizado la prueba de acceso en un centro distinto.
  • b) Traslado de centro
  • c) Readmisión
  • 2. El traslado y la readmisión en el centro sólo se admitirán para alumnado procedente de planes de estudios desarrollados al amparo del Real Decreto 630/2010, de 14 de mayo. En su caso, los alumnos con estudios incompletos de planes de estudios anteriores deberán haber obtenido, de la Administración educativa a la que pertenezca el centro en el que dichos estudios quedaron inconclusos, autorización para continuarlos según el citado Real Decreto.
  • Una vez admitidos, se incorporarán al plan de estudios regulado por el Real Decreto 630/2010, de 14 de mayo, y establecido por la Resolución  de 15 de marzo de 2024 arriba mencionada.

MATRÍCULA NUEVOS ALUMNOS

  • Los aspirantes incluidos en la lista definitiva de admitidos deberán formalizar su matrícula, utilizando los formularios que proporcionarán los centros y previo abono del correspondiente precio público, en los plazos establecidos en el anexo I y conforme a la organización que publique la Secretaría del centro.
  • Quienes no formalicen la matrícula en el plazo señalado decaerán de su derecho a la plaza obtenida.
  • Si quedaran plazas vacantes disponibles una vez finalizados todos los plazos de matricula establecidos, el centro podrá ofertar directamente las plazas vacantes al alumnado de la lista de espera de las pruebas de acceso para su matriculación. Una vez el centro comunique a los interesados la disponibilidad de plaza vacante en el centro, el alumno dispondrá de tres días hábiles para formalizar su matrícula.

MATRÍCULA DEL ACTUAL ALUMNADO DE LA ESCUELA SUPERIOR DE ARTE DRAMÁTICO

  • El centro publicará con la suficiente antelación el calendario con los plazos de matrícula para los actuales alumnos.
  • Al término de los exámenes correspondientes al primer cuatrimestre se abrirá un plazo para la solicitud de ampliación de matrícula en los términos establecidos en la Resolución de 29 de enero de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se autoriza un período extraordinario para proceder a la ampliación de matrícula en las enseñanzas artísticas superiores.

Destinatarios:

Ciudadanía.

Para acceso a primer curso:Cumplir con los requisitos académicos exigidos y superación de la prueba específica de acceso.Por la vía de traslado: Haber iniciado los estudios superiores de arte dramático en otro centro.Por la vía de readmisión:Alumnos que hayan causada baja en la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia y deseen reanudar sus estudios

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

 Para poder acceder a estas enseñanzas es necesario estar en posesión del Título de bachiller, o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, o haber superado la prueba de acceso sin requisitos académicos (prueba de madurez). Es requisito indispensable, superar la prueba específica de acceso. 

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de admisión en la Escuela Superior de Arte Dramático
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Certificación emitida por el centro en que e solicitante hubiera realizado la prueba.
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Documentación justificativa, en su caso, de participación en un programa educativo transnacional, enfermedad grave u otras causas de fuerza mayor que motivaronel abandono de los estudios.
  • Certificado
    (No obligatorio / Original)
    Certificación académica del centro de origen.
  • Documento de identidad: NIF
    (No obligatorio / No original)
  • Pasaporte
    (No obligatorio / No original)
  • Documento de identificación de extranjero: NIE
    (No obligatorio / No original)
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Certificados de Títulos No Universitarios
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
  • Certificados de Títulos No Universitarios por documentación (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Solicitud de admisión en la Escuela Superior de Arte Dramático   [Fuera de plazo: 22-09-2023 – 27-09-2023]
  • 1915-Exención de tasa   [Abierta: Continua]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 0 Año/s
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada
Información adicional sobre recursos
Contra la relación definitiva de aspirantes se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente, en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de su publicación definitiva. La presentación del recurso de alzada no paralizará el desarrollo de los procedimientos de acceso

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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