Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Solicitud de medicamento extranjero (código 1680) (SIA 207292)

Información Básica

Objeto:

Acceder a medicamentos no autorizados en España o que se encuentran en situaciones especiales de desabastecimiento en nuestro país (medicamentos extranjeros), los pacientes que los precisen para el tratamiento o prevención  de ciertas enfermedades para las cuales no hay alternativa terapéutica en España, prescritos siempre por un médico y para pacientes en régimen ambulatorio.

Acceder a medicamentos no autorizados en España o que se encuentran en situaciones especiales de desabastecimiento en nuestro país (medicamentos extranjeros), entidades sanitarias privadas (clínicas). 

Información de Interés

Las solicitudes de acceso individualizado a un medicamento no autorizado en España presentadas en el Servicio de Ordenación y Atención Farmacéutica, se trasladarán a la Agencia Española de Medicamentos y productos sanitarios, la cual es la competente de autorizar, en su caso, el acceso a este tipo de medicamentos.

Para la autorización por la Agencia se tienen que dar las siguientes condiciones:

Que no se encuentre el medicamento autorizado en España con igual composición o que esté en una forma farmacéutica que no permita el tratamiento del paciente.

Que no exista en España medicamento autorizado que constituya una alternativa adecuada para ese paciente.

Medicamentos que estando autorizados en España no se encuentren comercializados.

Cuando resulte necesaria la obtención de un medicamento no autorizado en España por causa de desabastecimiento de la alternativa autorizada en España.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Médicos que prescriben medicamentos no autorizados en España o en situación de desabastecimiento en nuestro país.Pacientes en régimen ambulatorio que precisen solicitar medicamentos no autorizados en España o en situación de desabastecimiento en nuestro país.Entidades sanitarias, públicas o privadas, que precisen solicitar medicamentos no autorizados en España o en situación de desabastecimiento en nuestro país.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, FARMACIA E INVESTIGACIÓN SANITARIA (A14013902)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1. PACIENTES:

1.a) Pacientes pertenecientes al Sistema Nacional de Salud (SNS):

Deben enviarse al correo electrónico soafmex@carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica (o en casos excepcionales presentar in situ) los siguientes documentos:

- Informe médico con fecha actual emitido por un especialista perteneciente al SNS (el informe tendrá validez anual salvo que haya cambios en el tratamiento, en cuyo caso deberán aportar nuevo informe). Este informe es indispensable para que los medicamentos extranjeros sean autorizados para el paciente, por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.Si la indicación para la que se prescribe el medicamento es distinta a la que aparece en ficha técnica, se aportará bibliografía que justifique dicho uso fuera de ficha técnica.

- Receta médica. Para que el medicamento autorizado pueda ser financiado (en parte o en su totalidad) con cargo  al SMS, se deberá enviar/presentar la correspondiente receta  donde se indique el número de envases previstos según la duración del tratamiento, sin superar los 90 días de tratamiento establecidos como máximo por el Ministerio de Sanidad para cada solicitud. En pacientes con tratamientos de continuación, será necesario aportar una receta médica con cada solicitud.

1.b) Pacientes no pertenecientes al SNS (pacientes de médicos privados o pacientes de otras compañías médicas):

Debe enviarse al correo electrónico soafmex@carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica (o como excepción presentar in situ): Informe médico con fecha actual (el informe tendrá validez anual salvo que haya cambios en el tratamiento, en este caso deberá aportarse nuevo informe). Este informe es indispensable para que los medicamentos extranjeros sean autorizados para el paciente, por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.Si la indicación para la que se prescribe el medicamento es distinta a la que aparece en ficha técnica, se aportará bibliografía que justifique dicho uso fuera de ficha técnica.

Estos pacientes deberán abonar el importe íntegro del medicamento, que es el que aparece en el albarán que acompaña al envío de la medicación por el  laboratorio. (La Consejería de Salud no añade por su parte ningún coste adicional).

2. NOTA: En todas las solicitudes del medicamento extranjero BENZNIDAZOL/ NIFURTIMOX, al informe médico deberá adjuntarse el FORMULARIO ESPECÍFICO PARA SOLICITUD DE BENZNIDAZOL, que se puede descargar del apartado "Modelos e Información para solicitudes" de la pestaña "Documentación" de la sede electrónica.

3. ENTIDADES SANITARIAS:

3.a) Entidades privadas:

Debe enviarse al correo electrónico soafmex@carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica (o como excepción presentar in situ) informe firmado y sellado por el facultativo responsable del establecimiento que incluya: 

  • Los datos de la clínica (nombre, CIF, dirección, teléfono, e-mail)
  • Los datos del medicamento que se solicita (nombre, principio activo, dosis, vía de administración). Hay que tener en cuenta que la presentación del medicamento extranjero puede diferir del nacional.
  • Indicación específica para la que se solicita (uso o usos específicos en la clínica). Si el uso es distinto al que aparece en ficha técnica, se aportará bibliografía que justifique dicho uso fuera de ficha técnica.
  • Estimación del promedio del número de envases que se consumen al mes en la clínica
  • Número de envases que se solicitan del medicamento (máximo para tres meses)
  • Nombre y apellidos y firma del responsable de la clínica
  • Sello de la clínica

Estas entidades deberán abonar el importe íntegro de los medicamentos, que es el que aparece en el albarán que acompaña al envío de la medicación por el  laboratorio. (La Consejería de Salud no añade por su parte ningún coste adicional).

3.b) Entidades públicas

Deberá contactarse con esta unidad en el correo electrónico soafmex@carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Requisitos posteriores

Una vez autorizados los medicamentos por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, son enviados por el  laboratorio correspondiente al Servicio de Ordenación y Atención Farmacéutica sito en Calle Pinares, nº 6 - Bajo, de Murcia. Con el envío de los medicamentos se acompaña un albarán donde aparece el precio de los mismos. 

Al paciente/entidad se le informa vía telefónica y por e mail, de la recepción de su medicación y del importe que deberá abonar, en su caso, así como a qué cuenta y entidad bancaria tiene que hacer el ingreso. El justificante del ingreso deberá enviarse  al correo electrónico soafmex@carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica e indicar en el mismo correo, la oficina de farmacia donde quiere que se le envíe la medicación (o como excepción indicar que recogerá la medicación  in situ en el Servicio de Ordenación y Atención Farmacéutica sito en Calle Pinares, nº 6 - Bajo, de Murcia.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de medicamento extranjero
  • Informe médico
    (No obligatorio / No original)
    OBLIGATORIO SI EL SOLICITANTE ES UN PACIENTE: Informe Médico con todos los datos necesarios referentes al medicamento: principio activo, nombre del medicamento, forma farmacéutica, la dosis diaria prescrita y la duración prevista del tratamiento; los referentes al prescriptor (identificación del colegiado, fecha y firma) y los referentes al paciente : nombre y apellidos, fecha de nacimiento y número de identificación(comprobar que incluye un teléfono o e mail de contacto)
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Receta médica en caso que el paciente pertenezca al sistema nacional de salud.
  • Informe
    (No obligatorio / No original)
    OBLIGATORIO SI EL SOLICITANTE ES UN CENTRO SANITARIO: Informe sellado y firmado por el responsable de la clínica/establecimiento sanitario en el que consten de manera expresa: • Los datos de la clínica (nombre, CIF, dirección, teléfono, e-mail) • Los datos del medicamento que se solicita (nombre, principio activo, dosis, vía de administración. Hay que tener en cuenta que la presentación del medicamento extranjero puede diferir del nacional en caso de que se importe por desabastecimiento de este último. • Indicación específica para la que se solicita (uso o usos específicos en la clínica). Si el uso es distinto al que aparece en ficha técnica, se aportará bibliografía que justifique dicho uso fuera de ficha técnica. • Estimación del promedio del número de envases que se consumen al mes en la clínica • Número de envases que se solicitan del medicamento (máximo para tres meses) • Nombre y apellidos y firma del responsable de la clínica • Sello de la clínica
  • Comunicación
    (No obligatorio / No original)
    FORMULARIO ESPECÍFICO PARA SOLICITUD DE BENZNIDAZOL Y NIFURTIMOX. Se puede descargar del apartado " Modelos e Información para solicitudes" de la pestaña "Documentación" de la sede electrónica.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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