Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB) (código 1622) (SIA 207265)

Información Básica

Objeto:

Inscribir en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (ROESB), a los establecimientos que fabriquen, envasen, almacenen y comercialicen biocidas y a los servicios que apliquen biocidas.

Cancelar o modificar las inscripciones en el ROESB.

Diligenciar la apertura y el cierre del Libro Oficial de Movimientos Biocidas y revisión anual de los movimientos del año anterior.

 

Información de Interés

La inscripción tendrá una validez indefinida, salvo que, por motivos de salud pública o a solicitud del titular, proceda su modificación o cancelación.

El titular de la inscripcion será responsable del mantenimiento de las condiciones en las que se dicte la resolución de inscripción. Cualquier modificación o cambio en las condiciones en las que fué inscrita deberá ser comunicada al ROESB.

En el caso de cese de la actividad, el titular de la inscripcion deberá ponerlo en conocimiento del ROESB, en el plazo máximo de un mes, a efectos de cancelación de la inscripción.

Para más información, visite la página web https://www.murciasalud.es/pagina.php?id=32028&idsec=841Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Personas físicas o jurídicas que soliciten la inscripción para realizar las actividades de fabricación, envasado, almacenamiento y comercialización de biocidas, o para las actividades de servicios de aplicación de biocidas.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Solicitud acompañada de:

a) Memoria técnica descriptiva de la actividad a realizar:

Esta memoria debe incluir como mínimo la descripción de la actividad, medios que dispone para realizarla, relación de los biocidas (indicando nombre comercial, composición, número de Registro de Plaguicidas/Registro Oficial de Biocidas y la clasificación de peligros para la salud) y lugar de almacenamiento de los biocidas.

b) En caso de fabricación, envasado, almacenamiento y servicios en instalaciones fijas de tratamiento, planos de las instalaciones.

c) Acreditación de que el personal con actividades laborales relacionadas con la aplicación de biocidas posee la capacitación necesaria de acuerdo con la normativa vigente al respecto.

d) Datos del responsable técnico del servicio biocida o de la fabricación de biocidas, con acreditación mediante declaración responsable de la capacitación necesaria de acuerdo con la normativa vigente al respecto.

e) Solicitud de la diligencia de apertura de Libro Oficial de Movimientos de Biocidas, si comercializa o aplica biocidas clasificados en las clases y categorías de peligro: Toxicidad aguda, categoría 1, 2 y 3, Toxicidad específica en determinados órganos (STOT), Exposición única, categoría 1, Toxicidad específica en determinados órganos (STOT), Exposiciones repetidas, categoría 1, Carcinogénicas, Mutagénicas o Tóxicas para la Reproducción (CMR), categoría 1A o 1B o Sensibilización respiratoria, categoría 1 y Subcategorías 1A y 1B.

f) Para servicios biocidas, modelos de certificado del servicio (DDD) [anexo II del Decreto 118/2012] o de certificado de limpieza y desinfección (prevención y control de la legionelosis) [anexo X del RD 487/2022].

g) Para establecimientos y servicios en instalaciones fijas de tratamiento, declaración responsable de inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales de la Región de Murcia y licencia de actividad, en las sometidas de acuerdo con la Ley 2/2017, de 13 de febrero, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo através de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas, o declaración responsable.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de inscripción o de modificación o cancelación de la inscripción en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB)
  • Licencia municipal
    (No obligatorio / No original)
    Para establecimientos y servicios en instalaciones fijas, licencia de actividad, en las sometidas a ella de acuerdo con la Ley 2/2017, de 13 de febrero, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas, o declaración responsable.
  • Memoria
    (Obligatorio / No original)
    Memoria técnica descriptiva de la actividad a realizar
  • Plano
    (No obligatorio / No original)
    De las instalaciones, en caso de fabricación, envasado, almacenamiento e instalaciones fijas para el tratamiento de biocidas.
  • Actividades de formación reconocidas por la Administración educativa correspondiente
    (No obligatorio / No original)
    Acreditación de que el personal con actividades laborales relacionadas con la aplicación de biocidas y el responsable técnico, posee la capacitación necesaria de acuerdo con la normativa vigente. Esta formación corresponde a certificados de cursos que no conducen a títulos oficiales, certificados de profesionalidad o títulos universitarios obtenidos antes de 1991, al no estar accesibles en la Plataforma de Interoperabilidad.
  • Certificado de Servicios Prestados
    (No obligatorio / No original)
    certificado del servicio de desinfección, desinsectación y desratización (DDD)
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Declaración responsable del responsable técnico de los servicios biocidas o de la fabricación de biocidas, según modelo actual insertado en los modelos de presentación.
  • Certificado de limpieza y desinfección
    (No obligatorio / No original)
    Certificado de limpieza y desinfección (prevención y control de la legionelosis).
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    Deberá presentarse cuando se actúe en nombre y representación de otra persona. En el caso de personas jurídicas, no será preciso aportar ningún documento acreditativo de la representación cuando la identificación se realice con certificado de persona física representante de persona jurídica.
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Documento público o privado que justifique el cambio de titular de la inscripción.
  • Diligencia
    (No obligatorio / No original)
    Este documento debe firmarse por todos los aplicadores de tratamiento y responsables técnicos distintos del titular de la inscripción. Si estos formularan oposición a la consulta de sus títulos universitarios y no universitarios en la Plataforma de Interoperabilidad, deberán adjuntar los documentos acreditativos de los mismos.
  • Certificados de Títulos No Universitarios por documentación (*)
  • Certificados de Títulos Universitarios por documentación (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Obtención de la Carta de Pago y abono de la tasa

Obtener Carta de Pago Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica  (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Tasas a abonar

  • T810. Tasa por Actuaciones administrativas de caracter sanitario
    HD0001 - Inspección y Control Establecimientos Reperc.Salud Ambiental

 

 

 

 

 

La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes

  • Si va a realizar la solicitud de forma electrónica la generación de la carta de pago y su abono se realizará desde el propio formulario electrónico de solicitud.
  • Si el procedimiento permite la solicitud de forma presencial, deberá obtener la carta de pago y podrá abonarla desde la pasarela de pago de la CARMAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica o a través de los medios de pago indicados en la carta de pago. Recuerde que deberá aportar la carta de pago cuando acuda a presentar su solicitud a las oficinas de registro.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A SALUD
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
Plazo de interposición de los recursos:Si alzada, un mes; si contencioso-administrativo, dos meses, en ambos casos contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia