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Resolución de 30 de diciembre de 2014, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS)

BORM nº 22 de 28 de enero de 2015

Consejería de Economía y Hacienda

Vigencia: desde el 28 de enero de 2015

TEXTO COMPLETO

Las Cartas de Servicios son documentos que informan al ciudadano sobre los servicios que presta la Administración Pública de la Región de Murcia, las condiciones en que se prestan tales servicios y los compromisos de calidad que sobre ellos se adquiere con el ciudadano. En este sentido, a través de las Cartas de Servicios se trata de informar, de manera sencilla y concisa a los ciudadanos, de forma que se facilite el ejercicio de sus derechos y se les informe sobre los niveles de calidad predefinidos por la Administración Regional para los servicios que se prestan.

Otra de las finalidades de las Cartas de Servicios es la de impulsar las iniciativas de mejora en los órganos directivos de la Administración Pública Regional, y controlar el grado de cumplimiento, por parte de éstos, de los compromisos de calidad en la prestación de los servicios públicos, a través de los indicadores asociados a los compromisos expresados y de la gestión de las quejas y sugerencias que se reciban, de forma que permita establecer mejoras mediante las revisiones oportunas.

En la Administración Pública de la Región de Murcia, se han ido desarrollando diferentes instrumentos normativos reguladores de las Cartas de Servicios. La Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública, en su art. 17.2, recoge la obligación de que todos los órganos directivos de las consejerías de la Administración Regional y sus Organismos Públicos dispongan, al menos, de un documento en el que expliciten sus compromisos de eficacia, eficiencia y calidad, expresados mediante la elaboración de la correspondiente Carta de Servicios.

De acuerdo con lo anterior, la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del Organismo Autónomo Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) de la Consejería de Sanidad y Política Social, elaboró el proyecto de Carta de Servicios de la Dirección General, el cual cuenta con el informe favorable de la Inspección General de Servicios, de conformidad con el art. 11 de la Orden de 6 de marzo de 2003 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dictan instrucciones en relación a la implantación de las cartas de servicios en la Administración Pública de la Región de Murcia.

Visto el preceptivo informe emitido al efecto por el Inspección General de Servicios, de conformidad con lo dispuesto en la mencionada Orden de 6 de marzo de 2003.

Vista la propuesta de la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del Organismo Autónomo Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) de la Consejería de Sanidad y Política Social.

En su virtud, y de acuerdo con el art. 8 del Decreto 41/2014, de 14 de abril, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Economía y Hacienda, el art. 6.1 de la Orden de 6 de marzo de 2003 de la Consejería de Economía y Hacienda y el art. 17.3 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre,

Resuelvo:

Primero

Aprobar la Carta de Servicios de la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del Organismo Autónomo Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), cuyo texto se recoge en el Anexo.

Segundo

El órgano directivo responsable de esta Carta de Servicios, mediante cuadros de mando de seguimiento, será el responsable del control ordinario y periódico del cumplimiento de los compromisos contenidos en la presente Carta de Servicios y de su revisión periódica.

La Inspección General de Servicios será la competente para realizar la evaluación de resultados y de los métodos de control de los compromisos de calidad utilizados y expresados en la presente Carta de Servicios y el establecimiento y revisión en su caso, de las medidas correctoras que correspondan; para ello la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del Organismo Autónomo Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), deberá remitir a la Inspección General de Servicios, en el primer trimestre del año natural, un informe, referido al año natural inmediatamente anterior, sobre el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos en la Carta de Servicios.

Este informe deberá referirse expresamente a:

Los indicadores asociados,

Las medidas de percepción de la calidad del servicio recogidas,

Las desviaciones detectadas,

Las causas y las medidas correctoras o mejoras emprendidas, en su caso,

Las quejas y las sugerencias recibidas y las medidas adoptadas para su resolución,

Los controles internos efectuados

Y cuantos datos le sean requeridos por la Inspección General de Servicios a este respecto.

Tercero

1. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en la web corporativa http://www.carm.es/cartasdeservicios

2. La Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del Organismo Autónomo Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) y el Servicio de Atención al Ciudadano, llevarán a cabo las acciones divulgativas y de difusión que estimen más adecuados, especialmente mediante los sistemas de difusión de carácter corporativo.

Murcia, 30 de diciembre de 2014.—El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, Enrique Gallego Martín.

Formato: documento pdf

Tamaño: 0,76 MB

Fecha: 28/01/2020

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