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Resolución de 25 de abril de 2016, de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de abril de 2016, por el que se aprueban los Planes para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración Pública de la Región de Murcia 2016-2017

BORM nº 101 de 3 de mayo de 2016

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Vigencia: período de 2016-2017

Índice:

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Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de abril de 2016, por el que se aprueban los Planes para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración Pública de la Región de Murcia 2016-2017
Primero. Planes para Igualdad entre mujeres y hombres
Segundo. Publicación de los Planes para la Igualdad
Tercero. Aplicación de las medidas
Cuarto. Vigencia

ANEXOS (ver contenidos asociados)

  • Anexo I. Medidas para la Igualdad entre mujeres y hombres el Ámbito Sectorial de Administración y Servicios.
  • Cronograma para la aplicación de las medidas para la Igualdad entre mujeres y hombres el Ámbito Sectorial de Administración y Servicios.
  • Anexo II. Medidas para la Igualdad entre mujeres y hombres el el Ámbito Sectorial del Servicio Murciano de Salud.
  • Cronograma para la aplicación de las medidas para la Igualdad entre mujeres y hombres el Ámbito Sectorial del Servicio Mrciano de Salud.
  • Anexo III. Medidas para la Igualdad entre mujeres y hombres el el Ámbito Sectorial de Educación.
  • Cronograma para la aplicación de las medidas para la Igualdad entre mujeres y hombres el Ámbito Sectorial de Educación.

TEXTO COMPLETO

En fecha 13 de abril de 2016, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, adoptó el Acuerdo por el que se aprueban los Planes para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración Pública de la Región de Murcia 2016-2017.

A fin de favorecer el conocimiento del citado Acuerdo, esta Secretaría General,

Resuelve:

Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia" del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de abril de 2016, por el que se aprueban los Planes para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración Pública de la Región de Murcia 2016-2017, que se inserta a continuación.

Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de abril de 2016, por el que se aprueban los Planes para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración Pública de la Región de Murcia 2016-2017

La igualdad de género significa igual visibilidad, empoderamiento, responsabilidad y participación tanto para las mujeres como para los hombres en cualquier ámbito de la vida pública o privada. También significa igualdad en el acceso y en la distribución de los recursos entre mujeres y hombres. Aunque el estatus legal de las mujeres en Europa ha mejorado, la igualdad efectiva está aún muy lejos de ser una realidad. Si bien el progreso es visible, las brechas de género aún persisten en muchas áreas, manteniéndose los hombres en sus roles tradicionales y limitando las oportunidades de las mujeres para alcanzar sus derechos fundamentales y hacer valer sus intereses

La presencia cada vez mayor de la mujer en el mercado de trabajo y sus logros en la educación y formación son tendencias alentadoras. No obstante, en muchos ámbitos persisten disparidades entre hombres y mujeres, y las mujeres siguen siendo mayoritarias en sectores laborales peor retribuidos y están infrarrepresentadas en puestos de responsabilidad. La igualdad efectiva de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un elemento imprescindible de desarrollo económico y de cohesión social. Se necesita todo el talento que, tanto mujeres como hombres, pueden aportar para avanzar hacia un modelo social más justo y un desarrollo económico basado en un crecimiento sostenible e integrador.

El derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación y el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres se consagran en nuestra Constitución en los artículos 14 y 9.2. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres, establece criterios de actuación de las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de igualdad entre hombres y mujeres. En la Región de Murcia, la Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y de Protección contra la Violencia de Género dispone, que la Administración de la Comunidad Autónoma en la negociación colectiva con su personal ha de plantear actuaciones tendentes a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito del empleo público.

La obligación de las Administraciones Públicas de elaborar y aplicar planes de igualdad a través de los instrumentos de negociación colectiva se establece en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (disposición adicional séptima).

La Mesa General de Negociación de las condiciones de trabajo comunes al personal funcionario, estatutario y laboral, alcanzó con fecha 3 de julio de 2014 un Acuerdo sobre actuaciones en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en el que se establecía la constitución de las Comisiones de Igualdad de trato entre Mujeres y Hombres y contenía las bases para el desarrollo y aprobación de los Planes de Igualdad. El Acuerdo de la Mesa General de Negociación de fecha 6 de octubre de 2015 para la mejora del empleo público, recuperación de las condiciones de trabajo y desarrollo de un nuevo modelo de Función Pública (BORM nº 265), establecía en su apartado 3.3 un plazo de tres meses para presentar ante la Mesa General de Negociación los Planes de Igualdad de los diferentes ámbitos sectoriales.

De conformidad con lo anterior, las Comisiones Sectoriales de Igualdad de Administración y Servicios, Servicio Murciano de Salud y Educación aprobaron sus propuestas de Planes para la Igualdad que fueron negociadas en la Mesa General de Negociación de las condiciones de trabajo comunes al personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración Pública de la Región de Murcia, con fecha 1 de marzo de 2016. En el caso del ámbito sectorial de Administración y Servicios, el Plan para la Igualdad fue suscrito por las Organizaciones Sindicales CCOO, UGT, FSES, La Intersindical y CSIF; el Plan para la Igualdad del Servicio Murciano de Salud fue suscrito por las Organizaciones Sindicales CCOO, CESM, UGT, FSES y CSIF y el Plan del ámbito sectorial de Educación fue suscrito por las Organizaciones Sindicales FSES, La Intersindical y CSIF.

Los Planes para la Igualdad de la Administración Pública de la Región de Murcia establecen cinco objetivos fundamentales:

El primero es garantizar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en el empleo público y en las condiciones de trabajo de la Administración Regional.

El segundo es conseguir una representación equilibrada de las mujeres y hombres en el ámbito de la Administración Regional.

El tercero es promover y mejorar las posibilidades de acceso de las mujeres a puestos de responsabilidad, contribuyendo a reducir desigualdades y desequilibrios que, aun siendo de origen cultural, social o familiar, pudieran darse en el seno de la Administración Regional.

El cuarto es realizar acciones formativas y de sensibilización sobre igualdad de trato y oportunidades.

El quinto es vigilar de forma especial la discriminación indirecta, entendiendo por ésta, la situación en que en una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros, se pone a una persona de un sexo en desventaja respecto de personas del otro sexo.

Dichos objetivos se articulan en nueve líneas estratégicas tendentes de una parte, a conseguir implantar en el personal una cultura de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y, de otra, a fomentar la creación de condiciones y estructuras y el establecimiento de políticas públicas que incluyan la perspectiva de género. Las citadas líneas estratégicas son las siguientes:

1. Profundizar en la realización del diagnóstico para una mejora continua del Plan para la Igualdad.

2. Acceso al empleo público.

3. Igualdad en el desarrollo profesional.

4. Formación en igualdad entre mujeres y hombres.

5. Ordenación del tiempo de trabajo, corresponsabilidad y medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

6. Atención de situaciones de especial protección.

7. Medidas relativas a la igualdad en las estructuras funcionales y organizativas de la Administración Regional.

8. Política salarial y retribuciones

9. Uso no discriminatorio del lenguaje, la comunicación y la publicidad.

En el ámbito sanitario se ha introducido una décima línea estratégica relacionada con la humanización de los cuidados para contribuir al bienestar y calidad de vida en la salud de mujeres y hombres, desde la perspectiva de género.

Enmarcadas en estas líneas estratégicas, los Planes para la Igualdad establecen diferentes medidas en cada uno de los ámbitos sectoriales de negociación de la Administración Pública Regional, con el objetivo general de alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que prestan servicios en la Administración General de la Región de Murcia.

De conformidad con lo expuesto y en virtud de lo establecido en el artículo 11.2.g) del texto refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno, en su sesión del día 13 de abril de 2016, adopta el siguiente

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Acuerdo:

Primero. Planes para Igualdad entre mujeres y hombres

Aprobar los Planes para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración Pública de la Región de Murcia de los ámbitos sectoriales de Administración y Servicios, Servicio Murciano de Salud y Educación.

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Segundo. Publicación de los Planes para la Igualdad

1. Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia" de las Medidas contenidas en los Planes de Igualdad, que se incluyen en los siguientes anexos:

- Anexo I: Medidas para la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito sectorial de Administración y Servicios y cronograma de implantación.
- Anexo II: Medidas para la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito sectorial del Servicio Murciano de Salud y cronograma de implantación.
- Anexo III: Medidas para la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito sectorial de Educación y cronograma de implantación.
2. Ordenar la publicación de los citados Planes en el Portal de la Transparencia de la Administración Regional en la siguiente dirección web: transparencia.carm.es, incluyendo su diagnóstico y sucesivas actualizaciones.

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Tercero. Aplicación de las medidas

Las medidas indicadas en el apartado anterior deberán implantarse en los plazos previstos para cada una de las mismas.

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Cuarto. Vigencia

La vigencia de los Planes para la Igualdad entre mujeres y hombres, abarcará el periodo 2016-2017.

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Tamaño: 0,76 MB

Fecha: 20/02/2020

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