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Agricultura, Ganadería y Pesca
Alimentación

¿Qué es el Consejo de Agricultura Ecológica?

Es un órgano desconcentrado y consultivo de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, que se constituye como Organo encargado de aplicar el Sistema de Control establecido en el Reglamento CEE 2092/91, para la producción, transformación, envasado, comercialización e importación de países terceros, de productos agroalimentarios ecológicos.

Funciones del Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia

  • Aplicar, en el ámbito de sus competencias, el Sistema de Control establecido en el Reglamento CEE 2092/91.
  • Difundir el conocimiento y la aplicación de los sistemas de producción ecológica.
  • Formular orientaciones y propuestas de actuaciones en materia de agricultura, ganadería y elaboración de producción ecológica.
  • Resolver sobre conformidad o disconformidad con el régimen de control de los operadores de productos ecológicos.
  • Velar por el correcto uso de las indicaciones de identificación.

¿Quién constituye el Consejo?

El Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia está constituido por diez miembros:

  • Un Presidente, designado por el Consejero de Agricultura Agua y Medio Ambiente a propuesta de los vocales.
  • Dos representantes de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente. Actúan como invitados.
  • El Director Técnico del Consejo.
  • El Secretario del Consejo es designado de entre los vocales.
  • El Vicepresidente del Consejo es designado de entre los vocales.
  • 3 vocales del sector productor.
  • 3 vocales de las empresas elaboradoras y/o importadoras